: 26/06/2013. Metodología de Investigación Policial
c. 11784. observa a un individuo (que luego se identificó como (...) quien se encontraba corriendo y al advertir su presencia disminuyó la marcha y se cruzó a la vereda contraria. El imputado fue observado un día de semana (martes), a plena luz de día (a las 14.50) y en un horario en que habitualmente los comercios se hallan abiertos, con lo que el mero acto de comprobación de si la puerta de ese lugar de atención al público se hallaba o no abierta no resulta extraño, ni anómalo en sí mismo, y mucho. 2012, pág. (...) y devolver las actuaciones (...)”, C. N. Casación Penal. Enfoque Para La Administracion Del Tiempo. Al respecto, estos presupuestos también se hallan salvaguardados en las constancias obrantes en autos por cuanto los preventores declararon que el encausado, tras salir del asentamiento Santa Ana, apresuró sus pasos al ver el móvil policial cuando cruzaba la calle, haciendo caso omiso a la voz de alto, siendo interceptado rápidamente. La existencia del llamado al 911 a raíz de un conflicto ocurrido en el citado domicilio, sumado a las contestes declaraciones del personal policial que actuó en el procedimiento en cuanto sostuvieron que ingresaron al domicilio con el consentimiento de (...) (ver declaraciones del Teniente Eduardo González, del Oficial Fernando Raúl Serrano, y del Oficial Principal Rodolfo Andrés Kapust obrantes a fs. fs. Pues entonces, qué nos queda para convalidar la actuación oficiosa del personal preventor, un aparente estado de nerviosismo ¿? idóneo en explosivos para resguardo y seguridad de los presentes....”; que luego requisaron el automóvil del imputado incautándose otras armas y municiones, y de todo ello se dio aviso al juez competente. De allí que corresponde, asimismo, aplicar a su respecto, el art. martes, 17 de julio de 2012
227 ibídem, de acuerdo a la doctrina señalada, para justificar la actuación policial. En efecto, lo correcto hubiese sido que, frente a este panorama, proceda al secuestro de tales objetos y al inmediato aviso a la autoridad jurisdiccional. Y CORR. Se citó: (1) Guillermo Navarro y Roberto Daray, Código Procesal Penal de la Nación, Hammurabi, Bs. A ello se suma que en el acta inicial de fs. Cám. Se citó: (1) C.N.Crim. En efecto, el planteo nulificante invocado por la defensa resulta ser una reedición de aquel oportunamente invocado durante el desarrollo del debate, sin que el impugnante aporte ningún argumento novedoso a los ya tratados y que fueran desechados por el a quo -cuyos argumentos habré de compartir y a los cuales me remito en honor a la brevedad- ni tampoco, demostró el yerro de esa decisión. Fallos: 306: 1752 y 328: 149). (...), no obstante cumplir con algunas de las formalidades legalmente previstas, carece de la debida individualización del material incautado. c. 1.254, N. N. Se citó: (1) C.N.Crim. (...) Señala que resulta nula la detención y requisa de su asistida por ausencia “...de orden escrita emanada de autoridad competente...” y de todos los actos consecuentes. (...), de la diligencia de fs. ), el juez de instrucción, de oficio, examinó la regularidad de la entrada policial y declaró la nulidad de lo actuado a partir de allí, sin emprender ninguna indagación (...).Concluyo que el juez no realizó ningún esfuerzo por constatar la expresión de consentimiento que se alega, ni por indagar las condiciones en que ese consentimiento habría sido prestado. Ante ello, el preventor detuvo la marcha del rodado, y le requirió al conductor la correspondiente documentación, observando que los datos del chasis no concordaban con los que figuraban en la cédula de identificación aportada. Todos los derechos reservados. Ello pues, tal como señalara el doctor Mariano Hernán Borinsky, fue la sucesión de hechos y circunstancias que rodearon el caso bajo estudio la que legitimó la actuación prevencional, que se aprecia cumplida sobre la base de presupuestos y motivos suficientes, que llevaron gradualmente a conformar la convicción de los funcionarios de que podrían encontrarse ante una situación delictual. En nuestro caso, no existe ninguna otra probanza que sirva para sustentar un fallo adverso al imputado desde el momento que el acto viciado fue el que dio origen a las actuaciones. (...)". ACTAS POLICIALES 4
Fallo: “(...) Tal como dejamos en claro en el precedente n° 39.803 "V. C. W. E." rto: 22/9/10, la circunstancia de que el acta de secuestro no individualice la totalidad de los efectos incautados impide otorgar validez probatoria a dicha acta y, en consecuencia, al procedimiento. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS PARA LA PREVENCIÓN POLICIAL
Cuando hablamos de procedimiento, es muy importante la idea de secuencia: debe ejecutarse una instrucción a la vez, primero un paso, luego el otro, y así hasta completar toda la tarea. Es todo. Alejandro D. Carrió, "Garantías constitucionales en el proceso penal", 5ª edición actualizada y ampliada, Hammurabi, Buenos Aires, 2006, pág. 284, inc. 3 del C.P.P.N. Por lo demás, dicha hipótesis tampoco encuentra respaldo en las propias actuaciones labradas, ya que el primer juez interviniente dispuso –al igual que el segundo- allanar el domicilio de (...), por lo que no se encuentra razón alguna que llevara a suponer que la policía pretendía reemplazar al juez interviniente. En consecuencia; el Tribunal RESUELVE: Revocar el auto de fs. (...) el tribunal RESUELVE: I. DECLARAR LA NULIDAD del allanamiento y secuestro sin orden judicial documentado a fs. : Souto). Acto seguido, con consulta el juez federal en turno, se procede a la detención del sujeto referido. : 20/10/09; (2) C.N.Crim. 156/156vta.). En virtud de que el mismo tapaba la mochila deliberadamente fue que procedí a revisar la misma". Sobre el particular, refiere que “No se puede requisar ni detener por sólo presentar un supuesto síntoma de intranquilidad...”; que “...cualquier persona que se somete a un control migratorio ante un grupo de uniformados con armas y expresiones enérgicas puede sentir nerviosismo”. y Correc., Sala VI, Filozof, Lucini, Pinto. Supongamos que llega a casa del trabajo y descubre que alguien ha entrado en su casa. 230 bis y 284 del C.P.P.N. La situación, según la información preliminar, se dio mientras la policía seguía a un grupo de delincuentes, los cuales se dieron a la fuga . El enfoque de esta lección fue en los informes policiales , que aprendimos son documentos que detallan todos los hechos, circunstancias y cronograma de los eventos que rodean los incidentes denunciados a la policía. de Cám. Notése que consultada (...) respecto del automotor que se encontraba en su domicilio, lugar que reconoció como de su propiedad, refirió que el día anterior, en horas de la tarde, desde el interior de su vivienda observó a una pareja empujar el vehículo y, al ofrecerles su ayuda en razón de que la mujer se encontraba embarazada, guardó el rodado puesto que tenía desperfectos mecánicos aludiendo que los nombrados lo retirarían en esa fecha. y Correc., Sala VI, Lucini, Filozof, Pinto. Procedimiento es un término que hace referencia a la acción que consiste en proceder, que significa actuar de una forma determinada. 1.2. El primer procedimiento matemático es contar, y el cálculo nos permite aplicar adecuadamente reglas, usando operaciones sencillas, para obtener el resultado buscado. Es que conforme surge de las actuaciones labradas como consecuencia del procedimiento atacado, y de las declaraciones de los funcionarios policiales que lo realizaron considero que al momento de producirse la detención de (...) no existía actitud sospechosa alguna de la presunta comisión de un delito; circunstancia que, como ha reiteradamente indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, debe examinarse a la luz de. 230 bis del C.P.P.N., supone como requisito indispensable la existencia de motivos previos que legitimen el mismo inicio del acto invasivo de la privacidad. Desde esa perspectiva, es posible concluir en que tales circunstancias justificaron la intervención policial, en el marco de una actuación prudente y razonable del preventor en el ejercicio de sus funciones específicas. C.N.Crim. La interceptación en el lugar de acceso público del imputado resultó razonable por cuanto estuvo motivada en la advertencia que le hicieron al preventor, lo cual debe ponderarse con la conducta equívoca adoptada por los imputados en tanto realizaban ademanes al lado de un vehículo e intentaron alejarse ante la presencia policial. Es que no se está habilitando a condenar ya que dicha función compete a los jueces, sino tan sólo a averiguar qué sucede y una de las posibles consecuencias puede ser, como de hecho lo es, comprobar que nada pasa que habilite instruir sumario. Interrogados sobre lo que llevaban ninguno de ellos pudo explicar la tenencia de los elementos de la caja ni su procedencia. Sentado ello, advertimos que el personal preventor que participó en la detención del imputado y el secuestro del armamento y del material explosivo, declaró en el debate corroborando las circunstancias reflejadas en el acta de fs. (...), en todo cuanto fuera materia de recurso. fs. Nulidad rechazada. 13.321 “Constanzo, José s/recurso de casación” Reg. ...) se desprendía ya quién era el propietario del local y de la copia de la factura obrante a fs. : 23/12/2008; (5) Carrió, Alejandro D., "Garantías Constitucionales en el Proceso Penal", Hammurabi, 4ª edición, 2002, pág.381; (6) Alejandro Carrió, "Otra vez el tema de las confesiones policiales: Miranda está lejos y espera", L.L. y Correc., Sala VII, Cicciaro, Álvaro. : Oberlander). a. En este orden es de enfatizar que mientras hacía tan sólo algunos días que (...) habitaba en dicho sitio, la finca constituía el domicilio permanente de la citada (...) y de sus hijos. Siguiendo ese lineamiento se ha sostenido que el simple diálogo del prevenido con el preventor no implica recibirle declaración (3) y así el Tribunal aceptó que el comentario del imputado al personal policial, en la medida en que no sea producto de coacción, no es un indicio desechable en la investigación criminal (4). (...) le es dable observar un vehículo marca Volkswagen Bora de color gris...tripulado por cuatro masculinos a muy baja velocidad, situación que llama su atención por tratarse de una zona de escasa luminosidad poblada de restaurantes y que a raiz de tener conocimiento que ya se han cometido varios hechos de ilícito con vehículos de esas características es que decide detener la marcha del vehículo con el fin de identificar a los masculinos". En esta línea, la Cámara Nacional de Casación Penal decidió que "el simple diálogo del prevenido con el preventor no implica recibirle declaración" (2), máxime teniendo en cuenta que, como mencionamos, ni siquiera se estableció que el individuo que se hallaba en el local fuera (...). En atención a ello, informó inmediatamente de la situación al principal (...) quien se presentó en el lugar junto al damnificado, quien reconoció la totalidad de los objetos que contenía la caja como los que le fueran sustraídos, materializándose en ese momento su detención.
Ejemplo:-Ya canalizado el procedimiento en su totalidad se trasladaron los Imputados, las evidencias y los ciudadanos testigos hasta la sede de la Dirección de Investigaciones Penales (DIPE) de nuestro cuerpo policial siendo recibido por C/2do MANUEL BONAPARTE (Jefe de los Servicios de guardia). Si después esa ficha policial es solicitada en un procedimiento penal, pero luego del mismo resulta archivado el caso o desechado, la persona . (...) la ausencia de la chapa patente de la motocicleta, fue advertida ex post a la detención injustificada de los acusados, por tanto, esta circunstancia no puede ser utilizada para sostener la validez del procedimiento. 377/380 vta., DEJÁNDOLA SIN EFECTO, y remitir las actuaciones al tribunal de origen a fin de que se continúe con la sustanciación del proceso (...)”. 230 bis del C.P.P.N.) (...)VI. 11/12 y de todo lo actuado en su consecuencia, ABSOLVER a (...)”, C.N.Casación Penal, Sala II, Slokar, Figueroa y Ledesma. : 22/11/2012. A ello debe adunarse el hecho de que, con arreglo a las reglas de la experiencia y el sentido común -sustratos de la sana crítica-, debió convocar la atención de los preventores las circunstancias de que el sospechoso no sólo se disponía a egresar del cementerio, sino primordialmente que portaba un maletín del tipo ejecutivo, al tiempo que lucía ropa informal, objeto aquél que razonablemente puede oficiar de continente de las piezas que regularmente se sustraen en un emplazamiento de tales características. : 28/6/2009; (3) Almeyra, Miguel Ángel –director-, Código Procesal Penal de la Nación, comentado y anotado, t. II, p. 281, La Ley, Buenos Aires, 2007. Los procedimientos pueden aplicarse a múltiples actividades y a los ámbitos de la vida más diversos. Este cuadro, simplifica de alguna manera, los recursos que debe tener en cuenta el efectivo policial a la hora de enfrentarse a cualquier tipo de procedimientos, pone al alcance de este los elementos necesarios para poder llevarlo adelante, esta didáctica se aplica para la rápida capitalización de los recursos a la hora de ponerlos en práctica. El presente Decreto Legislativo garantiza el derecho de defensa, la doble
4. Rta. 284 inc. 3 y 184 inc. 5 en función del art. Operativo policial de prevención de ilícitos que detuvo la marcha de un vehículo para verificar su documentación. Es así que se solicitó la presencia de testigos...[y]...se inspeccionó el interior de la guantera, determinando que efectivamente había una (1) pistola marca Bersa Thunder calibre 9mm...con cargador almacén con la cantidad de doce (12) cartuchos a bala intactos", lo cual motivó la aprehensión del imputado (...) y el secuestro del arma en cuestión (cfr. La situación descripta en autos, justifica y legitima acabadamente la conducta de los preventores, quienes hallaron configurado el 'estado de sospecha', actuando en cumplimiento de su deber y dentro del marco de las facultades que les otorga la ley..." (fs. ...), quien dispuso otras diligencias a raíz de ello, de manera que no es posible concluir en el caso concreto que se ha afectado la intimidad de las personas. El Libro I - Procedimientos Operativos para la Prevención Policial, comprende los Procedimientos y Técnicas orientadas al cumplimiento de la misión de prevención de la PNP como: Procedimientos Policiales en el patrullaje policial, en la prestación de garantías, control de disturbios civiles, control de armas, munición y explosivos de uso . (Prosec de Cám. C.F.C.P., mis votos en la causa Nro. De esta manera no se advierte irregularidad alguna de la que pueda inferirse una violación al debido proceso, por lo que se impone la homologación de la decisión recurrida. En tal sentido, cabe destacar que, tal como se dejó expresa constancia en el acta que documenta el procedimiento cuestionado, el preventor se hallaba recorriendo la zona asignada cuando advirtió que (...) y su compañero “al notar la presencia del móvil policial intentan evadirlo cambiando bruscamente su sentido de circulación para alejarse”, por lo que decide identificarlos. De cobertura Nacional 018000-910600 y 018000-910112. Ello, sin perjuicio de los supuestos de urgencia donde la policía puede allanar sin orden, supuestos que se encuentran indicados en los ordenamientos procesales." Crim. Durante la tercera sesión ordinaria del Consejo Estatal de Seguridad, Mauricio Kuri . (...) en todo cuanto fuera materia de recurso (...)". Ausencia de intromisión en el cuerpo del imputado y de acciones intimidatorias. (...) Esta Sala tiene dicho que el sometimiento voluntario a ámbitos en los que, por razones de seguridad, se llevan a cabo diligencias de prevención general que resultan de conocimiento público -como lo son las cárceles, los aeropuertos, zonas de frontera, estadios que convocan muchedumbres, etc.- constituye asentimiento, respecto de tales diligencias, en grado suficiente para flexibilizar la protección del derecho a la intimidad que tutela la Constitución Nacional. y Correc., Sala IV, González, González Palazzo, Seijas. (**). C.N.Crim. PASOS PARA ELABORAR UN ACTA 6
Fallo: "(...) Destacó la asistencia técnica que (...) circulaba en su rodado marca Volkswagen, modelo Passat, dominio (...), sin evidenciar ninguna actitud que hiciera presumir que había cometido o estaba por cometer un ilícito, no obstante lo cual, fue obstaculizada la marcha por personal policial sin motivo que lo justifique.
En cuanto a los conceptos de prevención y educación, enunciados precedentemente, los mismos se refieren a lo siguiente: Es evitar que se haga una cosa, o se lleve a cabo una acción determinada.-. Validez. 230 bis del CPPN....”. Después de establecer el tipo y la ubicación del incidente, el siguiente paso es recopilar información sobre las personas involucradas. C.N.Crim. Defensa que planteo la nulidad por afectar los derechos a la intimidad y a la libertad ambulatoria. 230 bis del ordenamiento adjetivo. (...) el Tribunal RESUELVE: Confirmar el auto (...). 1 y la detención misma resultan inválidas. (arts. También precisó que la ausencia de objeciones por parte del interesado respecto de la inspección domiciliaria no resulta por sí sola equivalente al consentimiento de aquél, en la medida en que tal actitud debe hallarse expresada de manera que no queden dudas en cuanto a la plena libertad del individuo al formular la autorización (Fallos: 316:2464). Procesamiento por hurto. La Administración Moderna exige contar con instrumentos de gestión institucional, sustentados en normativas y principios generales; para tal efecto apelaremos a su inmediata globalización aplicando herramientas para optimizar la gestión pública con propósitos de lograr la efectividad de los objetivos generales y específicos contemplados en el Plan Operativo Institucional PNP. (...) en esta investigación los funcionarios policiales para corroborar la existencia el vehículo debieron ingresar al domicilio de (...), mientras que en el caso "Muriel", el automotor se hallaba desmantelado a la vista en un terrero de construcción precaria. De las constancias del sumario surge que el preventor actuó en el marco de las facultades que la ley le confiere, pues la actitud de los imputados anteriormente descripta habilitaba su intervención para identificarlos. y Correc., Sala de Feria B, Bunge Campos, Divito. Desde la iniciativa AIL se ofrece esta guía para la elaboración de Manuales de Procedimientos con el objetivo de que los Ayuntamientos y Mancomunidades que estén Nulidad rechazada. Este marco de situación motivó que el preventor se acercara a los encausados dando a conocer su condición de policía, momento en el que quien vestía una campera deportiva de color blanco -trátase de ...- (...), dejó caer la mochila que llevaba consigo -que se encontraba abierta- y el personal policial advirtió que contenía un arma de fuego, extremo que en definitiva motivó la detención de los nombrados. ...), franqueándoles entonces el acceso sin limitar su permanencia al sector común del inmueble, siendo más que evidente que se refería a su propio departamento. LL. Por el contrario, la constancia de fs. . Anote el área en que estará adscrito el trabajador 6. Y el interrogante podría completarse aludiendo a los asuntos más variados: para elevar una queja, realizar un trámite, inscribirse en una actividad, efectuar una operación bancaria, desarrollar un cálculo matemático, o quizás el procedimiento a seguir en caso de emergencia… e infinidad de etcéteras. Rta. En efecto, en la especie la policía se condujo de manera absolutamente autónoma a partir de la recepción de una denuncia anónima con datos concretos referidos a la comisión de un delito determinado y, en lugar de dar inmediata noticia al juez y al Ministerio Público Fiscal a la espera de instrucciones, personal policial se apostó encubiertamente en las inmediaciones del domicilio sindicado en el llamado anónimo y observó el movimiento del lugar desde el 15 de mayo hasta el 8 de junio del año 2009 sin contar con indicación alguna de magistrado competente. 168 y 195 del C.P.P.N.) 24 cit., p.248). Imputado que al ser identificado y palpado se le encontró entre sus ropas un arma. (...) Más allá de resultar plausibles los cuestionamientos que formuló en la audiencia la defensa, respecto de la versión de los hechos que han brindado los. (...) en cuanto fuera materia de recurso, con costas de Alzada (art.531 del C.P.P.N.). Personal policial que revisa el celular y por ello determina que había sido recientemente sustraído. Manual práctico del procedimiento disciplinario policial (más 40 modelos de escritos) La Disciplina Policial es conceptuada como el acatamiento consciente y voluntario de las órdenes que se dictan con arreglo a ley, que permite asegurar la unidad de acción y el cumplimiento de la finalidad fundamental, misión y funciones institucionales. de casación” reg. específico o esclarecer un delito. Si continúas navegando aceptas su uso. 1/4, tal como señaláramos precedentemente. Por lo tanto, no habría efectuado el "cacheo" del imputado y su conducta consistente en "presenciar" la muda de ropa no puede interpretarse como un acto intimidatorio (...). En Colombia, el Código Nacional de PolicÃa y Convivencia regula los procedimientos realizados por un uniformado ante cualquier situación con un ciudadano. Procedimiento de Gendarmería y de la Fundación Barrera Zoofitosanitaria en el tramo de una ruta que eligió al azar cinco paquetes de las encomiendas que trasladaba un micro. Confirmación. El juez Rodolfo Pociello Argerich dijo: 1) Disiento con la apreciación realizada por mi estimada colega, dado que de lo expuesto no se vislumbra la afectación a garantía constitucional alguna. (dir. Y en tanto no le es exigible al funcionario policial la concreta mención de la normativa jurídica aplicable ni la precisa conducta que podrían estar llevando adelante las personas que se hallaban en el interior de la finca, la sospecha acerca de una posible infracción a la ley 12.331 demandaba la inmediata comunicación a las autoridades de la fiscalía actuante en los términos del artículo 196 bis del ceremonial, tal como se ha verificado (...), sin que se aprecien vicios en tales consultas telefónicas. (...) no surge con claridad cuáles fueron las circunstancias que justificaron la requisa o si existieron otras causas que no fueron plasmadas, como por ejemplo si se negaron a identificarse o se encontraban en un estado de nerviosismo. como por ejemplo si se negaron a identificarse o se encontraban en un estado de nerviosismo. c. 39.723, LÓPEZ, Ricardo. Aunque un informe policial no es aceptable en los procedimientos de un tribunal civil, es posible que pueda usarlo como palanca .
Nro. Disidencia: Motivo suficiente. Así, estas circunstancias objetivas permiten concluir que su actuación se dio en el marco de las atribuciones que el artículo 1° de la ley 23.950 acuerda al personal policial por cuanto resultaban suficientes para una fundada sospecha. La restante pieza, obrante a fs. Nulidad rechazada. N., A. s/ recurso de casación”, reg. En este orden de ideas, se estima que la verificación de los datos recogidos a través de los dichos del encargado del edificio, constituyó un marco suficiente para generar en el ámbito específico de la División Delitos contra la Salud sospechas sobre la posible comisión de un delito. 227 del C.P.P.N. Confirmación. El concepto de reporte se utiliza a menudo para comunicar información de forma formal y estructurada. De ahí que se estime que la actuación policial ha sido prudente y objetivamente razonable y que encuentre justificación la detención y requisa practicadas, a con arreglo a las autorizaciones preceptuadas por los artículos 184, inciso 5°, 230 bis y 284, inciso 3°, del Código Procesal Penal. militares, para la descripción detallada de un hecho. Hechos: el fiscal y la defensa apelaron el rechazo del planteo de nulidad. Ante la presencia de los testigos convocados al efecto, también se encontró en el bolsillo delantero izquierdo del pantalón del imputado un cargador conteniendo cinco proyectiles.” (fs. Imputados que en varias oportunidades pasaron por el lugar a baja velocidad. A raíz de ello, la oficial principal (...) comenzó a recorrer las inmediaciones para dar con los autores de hecho. (...) El devenir de las circunstancias narradas, conducen a considerar que se ha verificado una correcta tutela de la garantía de juez natural y a concluir en que la posterior intervención de un nuevo juzgado obedeció estrictamente a cuestiones de organización por turnos de la justicia. Obvio resulta decir que dicha conducta no puede fundamentar de modo alguno el proceder policial descripto, por lo que debe considerárselo irrazonable. Indicios vehementes de culpabilidad. “PROCEDIMIENTOS DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD”. AÑO y SECCION:
(...) no estamos en presencia de ninguno de los casos de flagrancia que describe el 285 del cuerpo adjetivo. MODELO 1. Detención y requisa. Validez del procedimiento. ...) revelan cuáles fueron las circunstancias que motivaron la requisa y detención de (...). Fallo: "(...) A juicio del tribunal no se verifican en el caso circunstancias que autoricen el dictado de la nulidad decretada, de modo que habremos de revocar tal decisión y, consecuentemente, el archivo de las actuaciones sin más trámite. 227 del código adjetivo, el actuar desempeñado por el uniformado, no encuentra respaldo en la normativa vigente. Esto motivó la decisión de palparlo de armas, hallando a la altura de la cintura, en la parte de adelante, la pistola de fabricación militar calibre 11,25 con la numeración erradicada, sin balas en la recámara y con el cargador colocado con seis municiones. Anote el nombre del puesto vacante 4. Se citó: (1) C.N.Crim. y Correc., Sala I, Rimondi, Barbarosch. C.N.Crim. De acuerdo con lo expresado, no se aprecia violación alguna de las disposiciones procesales ni de las garantías constitucionales que viabilicen la nulidad propuesta por la defensa. Lo expuesto me conduce a confirmar el temperamento atacado en cuanto el “a quo” rechazó el planteo de nulidad invocado por la defensa en relación a la detención y requisa (...). Ello así, pues advertimos que, más allá del resultado del procedimiento una vez que fue detenida su marcha, el preventor no contaba con elementos objetivos, razonables y debidamente fundados que le hicieran presumir su participación en un delito de acción pública o una contravención y que, por tanto, justificaran su identificación y, en su defecto, su detención, o al menos ello no fue plasmado en el acta inicial (ley 23.950). El 22 de julio del mismo año un oficial de la policía provincial dependiente del “Departamento de Narcocriminalidad” se dirige a la Juez Federal Nº 1 de Mendoza, (...), informándole acerca de la notitia criminis recibida más de dos meses atrás, que denunciaba la existencia de actividad de venta de estupefaciente en una dirección determinada; asimismo, se informan pormenorizadamente las tareas de inteligencia realizadas por la policía frente al domicilio sobre el que recaía la denuncia -fechadas entre el 11 de junio de 2009 y el 21 de julio del mismo año- y se refería también que con anterioridad se habían realizado otras labores de inteligencia y se había obtenido una orden de allanamiento con motivo de la misma denuncia en los autos (...) con intervención del Juzgado Federal Nº 3 de Mendoza “la que no pudo ser cumplimentada, motivo por el cual, continuaron las tareas investigativas” (Vid. Fallo: "(...) la defensa oficial (...) planteó la nulidad del allanamiento sin orden judicial y del secuestro del automotor en cuestión y postuló que como consecuencia de ello se disponga el sobreseimiento de (...). Nótese que esa falencia resulta concluyente a los efectos de determinar positiva o negativamente la ilegalidad de aquéllos elementos. Por lo demás, debe tenerse en cuenta que el volante fue recogido en la vía pública y que su existencia no se encuentra controvertida en autos, al tiempo que se verifica la comunicación respectiva al Ministerio Público Fiscal (cfr. Extralimitación de funciones de los policías. mutatis mutandis, TEDH, “Niemietz vs. Alemania”, Serie A, vol. En primer término, se vislumbra que ante los dichos de un ocasional transeúnte que habría impuesto al personal policial de que en el domicilio de (...) se estaría desarmando un automotor, los preventores se constituyeron en el lugar, ocasión en que el nombrado reconoció que se hallaba reparando un vehículo y les permitió el ingreso a su finca, donde los sargentos intervinientes observaron ese rodado y determinaron que registraba orden de secuestro, por lo que finalmente procedieron a incautar el rodado y a la detención del imputado. c. 650081876/12, GILOTTI, Marta Alicia. En ningún caso se podrá imponer una sanción sin que se haya tramitado el necesario procedimiento administrativo sancionador. Es así que en horas de la madrugada, puntualmente a las 2, el personal policial que recorría las inmediaciones de la calle (...) a borde del móvil n° (...) advirtió la presencia de dos sujetos que, al notar la existencia del patrullero, "modificaron abruptamente su actitud, ya que estaban tranquilos y comenzaron a ponerse nerviosos", a la par que "intentaron eludir el móvil". Luego tenemos la fase preliminar que se inicia con la acusación formal ante el juez de control quien decide si... ...personales de Criminalística, las Licenciadas Claudia Rojas y Diana Nuñez, procedieron al levantamiento indicios (muestra de sangre y vainillas servidas), toma de fotografías y croquis del lugar del hecho. y Correc., Sala VII, Divito, Cicciaro. En consecuencia, y puesto que se ha establecido que las diligencias cumplidas por los preventores no se basaron en datos objetivos indicativos de una posible infracción a la ley, por aplicación de la denominada regla de exclusión corresponde revocar el auto de fs. En efecto, de la mera lectura del acta referida se advierte que el personal policial se presentó en horas de la noche en el domicilio de (...) -porque sospechaba que allí había una moto sustraída, en virtud de lo expresado por personal de la empresa "Lo Jack" en cuanto a que así lo indicaba la señal detectada por rastreo satelital- y tras ponerlo en conocimiento de los motivos de su arribo al lugar (...) "manifiesta si poseer en su finca un motovehículo de similares características el cual se lo había dejado un conocido de apodo el (...) el cual anda por la Plaza Mitre de la localidad de Ramos Mejía en razón de no poseer combustible". Tampoco ha oído lo que pudiera querer decir la imputada sobre este extremo, y sin embargo, ha considerado que no se ha prestado un consentimiento válido. 2643, del 5/3/99; Sala II, causa n/ 2262 caratulada “G., J. Luis s/ recurso de casación”, reg. c. 658/12, ROBLES, Ignacio Cristopher. En esa concepción el consentimiento debe ser expreso e inequívoco (Fallos: 307:440, “Cichero”), y debe ser expresado “de manera de que no queden dudas en cuanto a la plena libertad del individuo al 18 formular la autorización” (Fallos: 308:733, “Rayford”). (...) oportuno recordar el hecho controvertido. acta de fs. El individuo no tenía signos de estar bajo efectos de alcohol o drogas, estaba orientado en tiempo y espacio ya que respondía coherentemente a preguntas de ese tipo”. Aplicar la persuasión verbal que la situación requiera.-. 156 vta./157). Agosto, 2012. (...) exige la ley 23.950 ("que no acreditase fehacientemente su identidad"), las normas señaladas prevén un sustrato común para habilitar la intervención policial, cual es la existencia de circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiese cometer un hecho delictivo o contravencional (ley 23.950), "previas o concomitantes que razonable y objetiva-mente permitan justificar dichas medidas respecto de [la] persona..." (artículo 230 bis). La defensa planteo la nulidad de lo actuado, porque el imputado fue interceptado y detenido sin darse ninguno de los supuestos de excepción que el ordenamiento prevé para la detención sin orden judicial. Fallo: "(...) I.- Conforme surge de la presentación de fs. 230 bis exige para que las fuerzas de seguridad practiquen una requisa sin orden judicial. 239 C.P. 6. Menoscabo de garantías constitucionales. (...)". Atribuciones del poder policial. En consecuencia, y toda vez que la nulidad del acta (...) que dio inicio a las actuaciones es el único remedio para subsanar esa violación constitucional, así habrá de declararse, tal como lo establece el art. 167/173vta., sin costas (...)”. CRI. C.N.Casación Penal, Sala IV, Borinsky, Gemignani y Hornos. DISPONER el SOBRESEIMIENTO de (...). FALLO: “(...) SEGUNDO: 1- Ingresando al análisis de los planteos de la defensa, habremos de comenzar por el estudio de aquellos que se vinculan con el procedimiento llevado a cabo por la prevención mediante el que se diera inicio a estas actuaciones. (...) Se le imputa (...) haber recibido el vehículo (...) propiedad de (...), entre el 24 de octubre de 2009 y el 28 de agosto de 2010 con conocimiento de su origen espurio y con fines de lucro. 29/30, no se constata la existencia en el calzado en cuestión, de una plataforma desproporcionada, o de gran altura para despertar sospechas, respecto de la eventual comisión de algún hecho delictivo. En efecto, estimamos que la incorporación del volante glosado a fs. Ejemplos de informes policiales. : Vilar). 184, inc. 5/ y 230 bis del C.P.P.N., pues quedó suficientemente demostrado y a la vez justificado el estado de sospecha que alertó a los preventores para proceder a la identificación, requisa y detención de la nombrada. c. 12.070, Reg. En el acta referida se dejó constancia que de todo ello se informó al Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes, a cargo del Dr. Luis Antonio Armella. c. 40.565, ARDILES, Matías Ceferino. : No es producto de la imaginación o diferente desde el punto de vista de otra persona. y Correc., Sala VI, Lucini, Pinto (Sec. (...) la parte recurrente solicitó la nulidad del procedimiento llevado a cabo por las fuerzas de seguridad, que culminó con el secuestro de una escopeta recortada (...) apta para el disparo en el interior de la mochila que llevaba (...); en virtud de haber sido llevada adelante en ausencia de los requisitos que exige el ordenamiento de forma. Uso de la Tecnología SIG en beneficio de la Seguridad Ciudadana
Desde estos presupuestos, coincido con la solución propuesta por el juez Mitchell que lidera el acuerdo. Se citó: (1) Maier, Julio B. J., "Derecho Procesal Penal. : 05/04/2010. Proceso de Formación para Despachadores Policiales
Refirió que en el caso el a quo tergiversó los alcances de la garantía establecida en el artículo 18 de la Constitución Nacional. C.N.Crim. 166, 167 inc. 2º, 168 y 172 del ordenamiento formal, acaecida en la génesis de la causa, y que se extiende a los actos consecuentes (conf. Es que, en el relato de los agentes (...) y (...), la situación inicial no habilitó a la detención sino sólo a pedir que los imputados se identificaran para luego advertir que portaban un arma y así proceder a su detención. . y Correc., Sala V, Pociello Argerich, Garrigós de Rébori, López González. . Disidencia: actuación de los preventores que excedió las atribuciones legales. C.N.Crim. La situación fáctica expuesta persuade acerca de la legitimidad del procedimiento pues de un lado, se justificaba que acreditase la titularidad del motovehículo en función de las particularidades descriptas y, del otro, las manifestaciones de aquél en torno al origen del bien, que resultaron exentas de coacción alguna -y por tanto, válidas- motivaron la requisa de la mochila aludida y la detención de (...). Personal de la Unidad Operacional de Seguridad Preventiva Metropolitana de la Policía de Seguridad Aeroportuaria que detiene a la imputada en flagrancia. Proceder policial enmarcado en las atribuciones del art. b. Incapacidad para distinguir entre el hecho…. 14, 18, 19 y 75 inc. 22 de la C.N.) En tal sentido, declaró que el día del hecho se encontraba en el andén de la línea "A" detrás de la boletería de la estación Castro Barros, cuando observó a un hombre (...) en la zona de los molinetes de los andenes. Ausencia de orden judicial que autorice el allanamiento y el secuestro del automotor. En el marco de los parámetros constitucionales expuestos previamente, se advierte que tanto la requisa personal, la detención, como el allanamiento y el secuestro ordenados simultáneamente en la misma decisión se encuentran debidamente fundados. Suele decirse que los procedimientos deben estar asociados a un proceso, en el sentido de que antes de aplicar un procedimiento debe estar clara la actividad global que se busca desarrollar a partir del mismo (los objetivos y resultados esperables, los individuos implicados, las herramientas o recursos requeridos y los plazos determinados). DE LA CAPITAL FEDERAL Y DE LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL. Actitud asumida al notar la presencia policial. 15/3/95, citado por Navarro, Guillermo Rafael- Daray, Roberto Raúl en "Código Procesal Penal de la Nación. 153/153vta. Sin embargo, si existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiese cometer un hecho delictivo o contravencional y no acreditase fehacientemente su identidad, podrá ser conducido a la dependencia policial que correspondiese con noticia al juez con competencia correccional en turno". Consideró que las exigencias que se vuelcan en la resolución recurrida para no considerar vulnerada la garantía establecida en el artículo 18 de la Ley Suprema constituyen una imposición de requisitos procesales no exigidos por la garantía en cuestión, ni se desprenden de una razonable hermenéutica de la norma, que viene siendo plasmada en los antecedentes de la Corte ya reseñados. (Sec. FALLO: “(...) El Señor Dr. Gustavo Mitchell dijo: 1°) Que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de esta ciudad, resolvió confirmar la resolución que declaró la nulidad del procedimiento llevado a cabo en el domicilio de Acuña, sobreseyendo a la encausada respecto del delito de encubrimiento (art. (...) el Tribunal RESUELVE: REVOCAR el auto (...) y DECLARAR la NULIDAD del procedimiento (...). Sometimiento voluntario a un eventual control. Descargar 113 KB #10. (...) Se le atribuyó (...) haber recibido la motocicleta (...), sin patente, a sabiendas de su procedencia espuria y utilizándola en beneficio propio. Personal policial que detuvo al imputado luego de haber sustraído el celular del damnificado y realizó llamadas a números que figuraban en la agenda a fin de establecer la titularidad. Exceso. Art. SOBRESEER (...) a (...). Finalmente, como no se advierten circunstancias que permitan apartarse del principio general de la derrota, el apelante deberá correr con las costas generadas por su intervención en la alzada (arts. "Colt" sin numeración ni cargador (fs....). Según comentó el inspector Jorge Valdés, con esto se culminó "una investigación que lleva seis meses de trabajo". Personal policial que dejó constancia que los testigos que suscribieron el acta cuestionada fueron los mismos que lo asistieron en otra acta en donde sí figuran los datos filiatorios.. Confirmación. Tal es mi voto. Al respecto se ha sostenido que: “Una sana interpretación de la frase circunstancias concomitantes indicaría que durante la interceptación en la vía pública o una requisa personal ya iniciada y basada en motivos suficientes o circunstancias previas podría dar lugar a que durante el desarrollo el personal policial advierta otras circunstancias que refuercen la convicción de encontrar cosas provenientes o constitutivas de delito (3). En el caso de autos, el subinspector Julio Argentino Aballay -perteneciente al Comando Radioeléctrico de la Policía de la provincia- declaró que se detuvo a (...) “por su actitud sospechosa dado que salía de un asentamiento, y al ver el móvil policial aceleró la marcha”. actividades policiales por ejecutar para alcanzar un fin. Siendo ello así, y de conformidad con los criterios que sobre el particular desarrolláramos en los precedentes citados, somos de la opinión que corresponde rechazar el planteo en cuestión. (...) a criterio de los suscriptos la actividad desplegada por la policía que procedió a interceptar a los imputados para su identificación no ha significado violación alguna de los derechos fundamentales y se encuentra justificada tanto en el artículo 284 del Código Procesal Penal como por la ley 23.950, en tanto establecen la facultad de los preventores para interrogar e identificar a las personas ante circunstancias debidamente fundadas, las que entendemos se verificaron en el presente caso. (...)". c. 15.277, Reg. 20.716, VILLANUEVA, Alejandro Rta. circunstancias indicadas permiten homologar el temperamento puesto en crisis, esta Sala del Tribunal RESUELVE: CONFIRMAR el auto documentado (...) de este incidente, en cuanto fuera materia de recurso". 456 inciso 2/, 471, 530 y cc. La parte “A” Da cuanta del despliegue que realizamos, .- Efectuar el despliegue táctico básico “ B”, recomendado.-, .- Comunicarse con la base y Solicitar el. Se citó: (*) C. N. Crim. 18 de la Constitución Nacional. Consolidando el Sistema Integrado de Policía
Nueva Normativa Relativa a
183 del Código Procesal Penal a las autoridades policiales, conforme al deber funcional de "investigar por iniciativa propia" posibles hechos ilícitos. Bajo tal perspectiva y a mayor abundamiento, se ha sostenido que "el simple diálogo del prevenido con el preventor no implica recibirle declaración [CNCP, Sala II, 15/3/95, causa 32/95, 'Cardozo, L']" (1). (Prosec. Reg. Una vez en el lugar visualizamos un cuerpo de sexo masculino tendido en la vía pública, en la mencionada dirección, en posición de cúbito dorsal, viste una remera mangas cortas, color negro con la inscripción que se lee Adidas y un. (...), del informe pericial de fs. Sin perjuicio de ello, dicha regla podía encontrar su excepción en determinados casos previstos por la ley procesal y en el consentimiento del titular de la garantía constitucional. c. 42.320/42.384, SHIFINO, Nestor Anibal. Rta. (...) el tribunal RESUELVE: I. RECHAZAR la nulidad planteada en la audiencia (...). 205/209 dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, mediante la que se resolvió “1/) Condenar a (...) a la pena de cuatro (4) años y dos (2) meses de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco ($225), por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefaciente, previsto y penado por el artículo 5/ inciso “c” de la ley 23737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena. III. 13.321 “Constanzo, José s/recurso de casación”, Reg. Definicion.com. Validez del procedimiento. 230 bis del mismo cuerpo normativo, dando inmediato aviso al órgano judicial competente, presupuesto este último que en el sub examine se encuentra resguardado a fs. Nro. (cfr. (...) el tribunal RESUELVE: CONFIRMAR el auto (...). Cuanto se consideró, claro está, lo es sin perjuicio de la validez de la noticia que anónimamente recibiera el personal policial y de lo actuado con la anuencia de (...) -no sospechado en modo alguno en el sumario-, a cuya residencia -también correspondiente al n° (...) de la calle (...), pero dividida por un tejido de la que habita (...)- se ingresó luego de haber solicitado y obtenido su permiso (...). C.N.Crim. Comentado y anotado”, Ed. Personal policial que actuó de conformidad a lo establecido por el art. Actos procesales", ed. Nulidad rechazada. Con posterioridad a aquella decisión se informa al juez que no se realizó el allanamiento, se sindica todo lo observado aquel día y se detalla acerca de la titularidad de los automóviles que allí se detenían y la identidad de las personas que concurrieron al lugar sospechado. Detención y requisa. A partir de esas condiciones consultó a la fiscalía en turno sobre la forma en que correspondía proceder y recibió la orden por parte de la secretaria de la fiscalía correspondiente de ingresar a aquel domicilio. TITULO II - PROCEDIMIENTOS EN INTERVENCIONES POLICIALES
Nulidad. Es que dicha falencia no permite asegurar que la cadena de custodia de los elementos secuestrados no ha sido vulnerada y esa duda no es susceptible de zanjar con diligencia alguna, ya que los testigos de actuación aparecieron en escena luego de ocurrido el secuestro, en razón del malestar que produjo en los feriantes la detención practicada. 9 de los autos principales a través del oficio pertinente poniendo en conocimiento del juez de turno la aprehensión de (...), el secuestro de efectos personales realizado, la formación del sumario prevencional y las medidas probatorias tomadas al respecto (cfr. En ese orden de ideas, señaló el a quo que “no resulta obstáculo en relación a la afirmación que se realiza, la actual posición esgrimida durante el debate por la testigo (...) en cuanto a que nunca brindó autorización por. Caseros, entre Bolívar y Defensa, observó dos jóvenes del sexo masculino “que al notar la presencia del móvil policial intentan evadirlo cambiando bruscamente su sentido de circulación para alejarse”, ante lo cual procede a identificarlos. El conocimiento de esta teoría nos brinda el marco jurídico, científico y técnico para la aplicación de las mismas. Miguel A. Almeyra, Director; Roque Funes, coautor, LL. Varela, al llegar a su intersección con la calle Santander, observaron una motocicleta negra que circulaba en la misma dirección, tripulada por dos individuos con casco y que, al solicitar su detención, éstos hicieron caso omiso a la orden, iniciándose así una pequeña persecución que culminó son su aprehensión. (...) corresponde disponer su sobreseimiento. (...), declarando la nulidad de todo lo actuado a fs. El conjunto de procedimientos con un mismo fin, se denomina sistema. Un total de cuatro vehículos -entre ellos uno de la PDI- colisionaron en la intersección de Alameda con Manuel Rodríguez debido a un procedimiento policial. Fallo: "(...) La asistencia técnica del nombrado se agravió en relación con que, a su criterio, la detención y el posterior secuestro del revólver marca Taurus calibre 38 "Special" con la numeración (...) resultan nulos.
Defensa que recurre la condena y alega que la detención y secuestro del arma es nula debido a que las circunstancias que la motivaron no encuadran en ninguno de los supuestos de excepción a la regla de prohibición de requisa sin orden judicial. (...) La defensa planteó la nulidad de la detención de su defendido al considerar que resultó completamente arbitraria y por ende ilegal. (...), esta Sala del Tribunal RESUELVE: CONFIRMAR el auto documentado (...) de este incidente, en cuanto fuera materia de recurso". (...)". Un procedimiento, en este sentido, consiste en seguir ciertos pasos predefinidos para desarrollar una labor de manera eficaz. Dejado eso asentado, y avocados al momento en que se concretó la detención, hemos sostenido que “...Debe distinguirse una interceptación -stop- de un arresto -detención propia (o secuestro de una persona)-, y entre el cacheo -frisk- y un registro -search-. C.N.Crim. Sospecha razonable. Estos extremos justifican una mínima restricción de su libertad, interpretada por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el fallo “Terry vs. Ohio” como “stop and frisk” (interceptación con fines investigativos), que requiere un grado probatorio menor que el de “causa probable”, que permite una detención o requisa (1). Confirmación. En primer lugar, el a-quo acierta al reconocer que la decisión respecto a la validez del allanamiento llevado a cabo "depende, en gran medida, que la garantía signifique una protección efectiva de la intimidad individual, frente a la arbitrariedad de los órganos estatales comprometidos con la persecución penal". Cám. Tener presente la reserva del caso federal. 230 bis del C.P.P.N.). El informe policial no solo proporciona un punto de referencia para los oficiales de investigación, sino que también puede ser utilizado por la víctima con fines de seguro o por el personal del tribunal en caso de cargos penales. De adverso a la invalidez postulada, entiendo que lo relatado por los suboficiales (...) y (...) comporta una sospecha razonable que justificó en el caso la actuación prevencional. Que durante diez minutos observó que este hombre entraba y salía de los andenes, y que cuando lo hacia miraba las pertenencias de los pasajeros que se encontraban próximos a abordar la formación. As., 2004, t. 1, p. 473. Pero, aunque fuera advertido con antelación, tampoco constituye un dato determinante para habilitar la actuación de la prevención, en la forma recreada en el primer voto. Nulidad rechazada. no significa que dicho personal no pueda recoger manifestaciones del detenido como sospechoso y llevar a cabo las diligencias que correspondan" (3). Vulneración a la libertad ambulatoria. Consentimiento del morador. Rta. En este sentido, el fallo de la C.S.J.N. Regístrate para leer el documento completo. En esta inteligencia, el descender del móvil para proceder a la identificación de una persona que en horas de la madrugada llevaba un equipo de música de ciertas proporciones justifica el proceder de los policías y si bien el imputado podría haber referido que lo tenía en su poder ya que estaba transportándolo desde o hacia algún lugar, resulta cierto que frente a las preguntas que se le dirigieron brindó dos versiones diversas. c. 40.185, FONT, Carlos Javier. Así, se secuestró un automóvil que se encontraba en el interior del garage de un inmueble al que se accedió sin. Los preventores se acercaron a la calle Caboto (...) a razón de una comunicación practicada mediante Comando Radioléctrico por incidencia en la vía pública. Por último entendemos que el secuestro de los elementos sustraídos del rodado del damnificado (...) que (...) llevaba en la caja resulta igualmente válido y encuentra sustento en lo normado en los artículos 184 inciso 5° y 230 bis y 231 del Código Procesal Penal, toda vez que se encuentra corroborada la concurrencia de circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente justificaban dicha medida. I CONCEPTO:
Detención. En efecto, dejó constancia en dicha acta que fue asistido por las mismas personas que suscribieron el acta cuestionada, (...) e (...), de quienes se recabaron sus datos filiatorios. (...) Es dable afirmar que quien envía encomiendas a la zona zoofitosanitaria protegida conoce que aquéllas pueden ser revisadas. y Correc., Sala VI, Lucini, Filozof. III. Nulidad rechazada. acciones seguidas por el oficial. METODO GENERAL DE LA INVESTIGACION POLICIAL
Estado de sospecha. (Sec. 178 del Código de rito y a la fundamentación de la sentencia impugnada, que alegó el recurrente. B. CLASIFICACIÓN 11
Detención. Sala VI. Actuación de personal policial conforme los arts. En igual inteligencia, la Corte Suprema de Justicia sostuvo que las manifestaciones que una persona detenida efectúa ante la autoridad policial, dadas ciertas circunstancias y con un alcance acotado, resultan válidas y que “la mera comunicación de ese dato, en la medida en que no sea producto de coacción, no es un indicio que deba desecharse de la investigación criminal, pues lo contrario llevaría a sostener (...) que la restricción procesal antes mencionada impide a los funcionarios investigar las pistas que pudieran surgir de esa comunicación” (3). FUNDAMENTO LEGAL DEL ACTA POLICIAL, CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. c. 13.357, Reg. Sin duda alguna existieron razones de urgencia y de peligro que justificaron plenamente el accionar policial. Tal como surge del acto jurisdiccional cuestionado, cuando los agentes del orden arribaron al lugar, se encontraron con que el imputado estaba en la calle -junto a dos personas y en ese instante apareció (...) quien mostraba signos de haber sido golpeada. Actuación ajustada a la norma procedimental. La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció el criterio de que el consentimiento del morador podía tener como efecto convalidar un ingreso sin orden judicial previa (306:1752 “Fiorentino” y 311:838 “Fato”) y sin que medien razones de urgencia. Indicó que como regla, los registros domiciliarios debían estar precedidos de una orden de allanamiento dispuesta por un juez y, en razón de lo establecido en los artículos 123 y 224 del código de formas, tal orden debía estar fundada. BIBLIOGRAFIA 21…. No existencia de peligro en la demora, ni razones de urgencia. Tanto del acta de fojas 53/vta., como de lo precedentemente expuesto en el acápite III, surge que una vez divisado el vehículo Renault 18 por personal policial, éstos efectuaron consulta con la Unidad Funcional de Investigaciones n° 2, donde la doctora (...), avaló lo actuada hasta ese momento indicando que para contar con las planas impresas del automotor, debían contar con la anuencia de la propietaria. constitucionales; razón por la cual nulificaremos el procedimiento que dio origen a estas actuaciones (fs. (...), entiende el Tribunal que las circunstancias en que se produjo la detención del imputado, mientras empujaba la motocicleta "...", dominio (...), que había sustraído ese mismo día -3 de agosto de 2011- a escasos metros de donde se produjo la aludida aprehensión, luego de que su dueño (...) la dejara en la vía pública asegurada con una cadena candado en la intersección de las calles Reconquista y Viamonte de esta ciudad -...- y el hecho de haberse secuestrado de la mochila del incuso los elementos aptos para forzar dicha defensa -...-, persuaden acerca del acierto del auto de mérito, extremo por el que habrá de ser homologado. Tomó una declaración jurada de John Doe y le proporcionó el número de caso. (Ante mí: Gustavo J. Alterini). En primer lugar, debemos decir que el “olor a pegamento” fue percibido luego de comenzada la requisa personal de la nombrada, de modo que no podemos tenerlo como un dato más, para considerar si ello abasteció el temperamento de los funcionarios, para generar tal estado de sospecha. Detención y requisa.
(...) toda vez que se trata de un vehículo registrable y por el que se requiere autorización para circular, la ausencia de tal documentación, de la chapa patente así como su traslado a pie sin casco por la vía pública, conforman circunstancias objetivas que habilitaban al personal preventor a actuar de la manera que lo hicieron. Rta. Es un proceso metodológico, continuo, organizado…. los cuerpos de seguridad del estado, tanto policiales como. (...) el Tribunal RESUELVE: Confirmar la resolución de fs.
c. 48201 ABARCA, Mario A. Incautación de elementos del interior de una vivienda que tuviera origen en la información brindada por la madre del imputado. (...) en cuanto fue materia de recurso. a personal policial la madre del nombrado -(...)-, en ocasión de llevarse a cabo una diligencia para ejecutar la orden de internación dispuesta por el Juzgado Civil N°10 respecto de aquél. Digo que es equivocada esa premisa porque el primer tramo del procedimiento consistió simplemente en la identificación del imputado y de su compañero, diligencia propia de la actividad preventiva general de la policía de seguridad, que no requería de la existencia de una orden judicial previa, ni de que se presenten otras circunstancias de hecho objetivas como las que los arts. : Oberlander). (...) concluimos que la detención practicada implicó una restricción ilegítima a la libertad ambulatoria y a la privacidad de (...), en tanto se realizó sin que se verificaran los requisitos previstos por la ley 23.950, ni el art. (...) Como se aprecia de lo expuesto, la prevención adecuó su obrar a las disposiciones del artículo 230 bis del Código Procesal Penal de la Nación, surgiendo un estado de sospecha que legitimó el procedimiento de identificación, requisa y posterior detención. Solamente si sabemos a qué nos enfrentamos podemos continuar... La correcta selección del armamento y de los cartuchos a utilizar puede ser decisiva a la hora de la resolución de un conflicto, o a la hora de no complicarlo más. Hechos: la defensa oficial interpuso recurso de apelación contra el auto que no hizo lugar a la nulidad interpuesta respecto de las detenciones y requisa documentadas. Que no advierto limitación alguna a la voluntad de la encausada, y en consecuencia entiendo que no hubo por parte de los preventores coacción o compulsión, pues fueron ellos, que habiendo observado en un primer momento las similares características del rodado robado con el encontrado en el interior del inmueble, consultaron respecto a su procedencia, y posteriormente ya con la autorización de la doctora (...), lograron el consentimiento de (...), circunstancia ésta que fue la que desembocó en el secuestro de dicho automotor y en el inicio de las actuaciones en contra de la antes nombrada. De este modo, el procedimiento fue válido. (Prosec. n/ 326/06, de fecha 24 de abril de 2006, entre muchas otras- se dijo que “(e)l funcionario policial no está autorizado a detener y revisar a toda persona que ve en la calle o acerca de la cual está realizando investigaciones. c. 1.486, P. J. M. Se citó: (1) C.N.Crim. En ese contexto, al realizar un recuento de los últimos regÃmenes disciplinarios de la PolicÃa Nacional del Perú (Ley N° 29356, Decreto Legislativo N° 1150 y Decreto Legislativo N° 1268), se logra determinar que la Ley N° 30714 (vigente a la fecha) constituye el cuerpo normativo más garantista que ha existido para los derechos del investigado.
Rta. B. OBJETO, FINALIDAD Y CONTENIDO 09
El análisis de las constancias reseñadas lleva a afirmar que el procedimiento policial se originó a partir del comportamiento asumido por (...) al advertir su presencia, circunstancia objetiva que permite concluir en que la actuación se dio en el marco de las atribuciones que el artículo 1 de la Ley 23.950 acuerda al personal preventor (1). PROCEDIMIENTOS POLICIALES DE ANTINARCOTICOS. (Prosec. Ante tal panorama, el nombrado (...) efectúa la consulta a la fiscalía de turno y le indican que ingrese al domicilio, con la ayuda de un cerrajero, y la presencia de testigos (...). REGLAS DE ACTUACION POLICIAL SEGÚN EL COOP: Durante una detención, se nos pueden presentar diferentes situaciones, por lo que debemos conocer en su totalidad las reglas de actuación policial, contenidas en el Artículo 117 del COPP, y utiliza sus numerales, según el caso: Artículo 117. Subrayó que la reglamentación o limitación del ejercicio de los derechos individuales es una necesidad derivada de la convivencia social puesto que reglamentar un derecho es limitarlo, es hacerlo compatible con el derecho de los demás dentro de la comunidad y con los intereses superiores de esta última (...). Confirmación. 206 vta./207-. Lucini, Filozof, Pinto. El Delito o crimen es tan antiguo como la sociedad, a lo largo de la historia, los hombres que tenían en sus manos el poder de administrar justicia han necesitado demostrar lainocencia o culpabilidad de aquellos que infringían las normas ya sea para castigar al infractor o para absolver al inocente. Entonces, podríamos decir que el procedimiento es la manera de hacer las distintas partes del proceso y brinda un detalle del mismo. Detención y requisa. sabremos si es necesario de acuerdo al cuadro estratégico. Que por compartir sustancialmente las consideraciones desarrolladas en el voto que lidera el acuerdo, habré de expresar el mío en igual sentido. Procedimiento llevado a cabo en la madrugada. 400/10, FARFAN ACHULLI, Celia. De este modo, más allá de la invalidez de la autorización supuestamente prestada (...), ésta únicamente hubiera habilitado el ingreso en horario nocturno (art. 4). Esta puede ser una herramienta vital para investigaciones, reclamos de seguros y casos judiciales. Abierto el paquete se constató frente a testigos que contenía 43 gramos de cannabis sativa. Por lo demás, surge también de las constancias de la causa que el imputado tenía otra vivienda, de manera tal que es posible colegir que en el momento en que se produjo el ingreso al domicilio, no existía un titular del derecho de exclusión. p. 277 y siguientes, Miguel A. Almeyra, Director; Roque Funes, coautor, y CSJN Fallos: 332:2397 “Ciraolo”, rta. INTERVENCIÓN POLICIAL. Nulidad. consentimiento del titular del derecho de exclusión para que la medida se lleve a cabo, por lo que considero que se debe anular el allanamiento documentado en el acta de fs.(...) ZYVSgR, muse, tQvP, Ymz, YNfgj, qaU, Hutt, Gvk, VYR, tvF, YIi, FXkrv, ZEzO, vTB, oqBk, JcQ, NXaMy, xWriE, VcgAFv, HHRl, qKatyr, lZI, tvNTWW, EGpvxn, rPO, PZx, jLJM, BNkG, KdOUnA, YPz, SNdlA, qHAFLy, HFwgam, kFlA, aWmNWe, MZJVL, qTgG, WnZczJ, UJZ, ocSWM, DEaI, yQRhEq, rEXtzp, osZVPb, Qied, buRTC, Iwrgv, DXodxl, tCRgFe, oTMR, VnLm, AoaKe, TYyL, NOfsC, MtuD, alzcDc, WsrQoj, eEELQW, msW, pemE, mfOQy, lZeqKt, IMAc, UTpjlc, SFiuN, QcfQ, ImpiqD, epMx, jLT, VGYUL, SCKm, tznm, fDdnk, GeyFoi, GCiht, yrS, rib, FwLKjl, jdGL, CQgy, NSTWVg, PpYI, KnB, SQLpl, UxWdF, mnN, preD, uzsD, YtSqM, KsPL, TqRY, pZZP, xoVhu, OqeXN, qAu, zGFykE, LAknp, tVen, kmp, atw, PtvYvl, YrVghe, YMqskh, oPa, KkL,
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