Sala de lo Social Sede:Madrid … Teóricamente no es necesario que toda la población se infecte para que la curva caiga hasta que no se generen nuevos casos, pues una vez la cantidad de susceptibles en la población disminuyan, cada vez es más difícil que un infectado se encuentre y pueda contagiar a un susceptible. 2 El orden público como derecho ciudadano. En el caso de empleados del sector público que realicen actividades presenciales es obligatorio la aplicación de las tres dosis. El presente Decreto tiene por objeto regular la fase de Aislamiento Selectivo, Distanciamiento individual Responsable y Reactivación Económica Segura, que regirá en la República de Colombia, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. Respecto de la positividad de las pruebas de laboratorio que establece cuál es el porcentaje de muestras positivas con respecto al total de muestras procesadas, fue de 21% para el 26 de julio de 2020.". 27 de febrero de 2022. Respecto a la presentación de la cartilla de vacunación con tres dosis aplica para todas las personas mayores de 18 años. Sin embargo, como en Colombia se han implementado diferentes medidas de orden individual y poblacional, estas han disminuido las probabilidades de transmisión de la infección (porque se limita el contacto con el virus o con alguien infectado), por ejemplo, el lavado de manos, uso del tapabocas, distanciamiento social o los aislamientos preventivos obligatorios estrictos. “En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la aplicación de las tres dosis de vacunación contra la covid-19, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto”, se indica en el decreto. Que de conformidad con los artículos 5 y 6 de la Ley 1801 de 2016 se entiende por convivencia, la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico, y señala como categorías jurídicas las siguientes. Que el Ministerio de Salud y Protección Social, en memorando 202022000095703 del 6 de mayo de 2020, señaló: "De acuerdo con las estimaciones del Instituto Nacional de Salud, el número reproductivo efectivo (RI), que estima la cantidad de personas que cada paciente infecta y permite calcular la velocidad a la que se está propagando el virus y la población de enfermos en las siguientes semanas, estimado al inicio de la epidemia fue de 2,4, mientras que a la fecha se encuentra en 1,3. Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 000304 del 23 de febrero de 2022, con el objeto de continuar con la garantía de la debida protección a la vida, la integridad física y la salud de los habitantes en todo el territorio nacional prorrogó la emergencia sanitaria declarada mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, hasta el 30 de abril de 2022. El presente Decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2022, hasta las cero … En estas disposiciones se reitera el nuevo horario de toque de queda, las medidas para las fiestas o reuniones sociales y qué sucederá con las playas en el Perú. No obstante el Gobierno otorga un plazo máximo de 15 dÃas calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para que los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis puedan seguir realizando su actividad laboral presencial. Supremo, que debe, por tanto, aceptar la competencia para el enjuiciamiento y fallo del presente recurso. Respecto de la positividad de las pruebas de laboratorio que establece cuál es el porcentaje de muestras positivas con respecto al total de muestras procesadas, fue de 14.9 % para el 24 de Junio es de 2020.". 025.052 casos confirmados, 924.044 casos recuperados, con una tasa de contagio acumulada de 2.034, 95 casos por 100.000 habitantes, 30.348 fallecidos y una tasa de mortalidad acumulada de 60,25 por 100.000 habitantes. No obstante el Gobierno otorga un plazo máximo de 15 días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para que los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis puedan seguir realizando su actividad laboral presencial. En el consenso racional y jurídico cada uno de los asociados, al cooperar con los fines sociales, admite que sus pretensiones no pueden ser ilimitadas, sino que deben ajustarse al orden público y jamás podrán sobrepasar la esfera donde comienzan los derechos y libertades de los demás. 11 del Decreto 655 de 2022). Respecto de la positividad de las pruebas de laboratorio que establece cuál es el porcentaje de muestras positivas con respecto al total de muestras procesadas, fue de 11.8 % para el 10 de junio de 2020.". Las grandes ciudades (Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla) presentan una reducción considerable de las muertes, así como en la ocupación de camas de Unidad de Cuidado Intensivo - UCI. ... anunciadas rigen desde el lunes 17 hasta el 30 de enero del 2022. La COVID-19 ha puesto en alerta a todos. 7% en julio de 2021, para agosto del mismo año con corte al día 20, se encuentra en 7%, así mismo, se ha registrado una disminución en la ocupación de UCI que se ha mantenido por debajo de 60%. Que la Organización Internacional del Trabajo -OIT- en el comunicado de fecha de 18 de marzo de 2020 sobre "El COVID-19 y el mundo del trabajo: Repercusiones y respuestas", afirma que "[…] El Covid-19 tendrá una amplia repercusión en el mercado laboral. ARTÍCULO 5. DECRETO SUPREMO N° 329-2022-EF. El Gobierno publicó las nuevas restricciones contra el nuevo coronavirus que se aplicarán a partir del lunes 31 de enero de 2022. 442 casos por cada 100.000 habitantes. El Plan Nacional de Vacunación solo podrá ser modificado por el Gobierno nacional, y debe ser implementado en su integridad, no.se permiten alteraciones de tipo alguno o cambios a poblaciones, fases o procedimientos para llevar a cabo la vacunación masiva. Grupo El Comercio - Todos los derechos reservados. Pero el hecho de predicar su inviolabilidad no implica de suyo afirmar que los derechos fundamentales sean absolutos, pues lo razonable es pensar que son adecuables a las circunstancias. (ii) Tranquilidad: lograr que las personas ejerzan sus derechos y libertades, sin abusar de los mismos, y con plena observancia de los derechos ajenos. Carrera 6 # 12-62, Que el artículo 24 de la Constitución Política establece el derecho fundamental a circular libremente por el territorio nacional; sin embargo, no es un derecho absoluto, pues consagra que puede tener limitaciones, tal y como la Honorable Corte Constitucional en sentencia T- 483 del 8 de julio de 1999 lo estableció en los siguientes términos: "El derecho fundamental de circulación puede ser limitado, en virtud de la ley, pero sólo en la medida necesaria e indispensable en una sociedad democrática, con miras a prevenir la comisión de infracciones penales, proteger el interés público, la seguridad nacional, el orden público, la salud y la moral públicas, o los derechos y libertades de las demás personas, y en cuanto a la restricción sea igualmente compatible con el ejercicio de los demás derechos fundamentales reconocidos por la Constitución. La violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue. Inobservancia de las medidas. La visión real del orden público, pues, no es otra que la de ser el garante de las libertades públicas. El presente Decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2022, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de mayo de 2022. FAX: (+57) 601 7395657, www.funcionpublica.gov.co ArtÃculo 1. Que la Dirección de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud y Protección Social, en memorando 202022000163223 del 27 de julio de 2020, señaló: "De acuerdo a la información reportada por el Instituto Nacional de Salud, el promedio de casos diarios confirmados por fecha de reporte, entre el 20 y el 26 de Julio de 2020 es de 7.385. Newsletter Todo sobre el coronavirus. ARTÍCULO 6. Que adicionalmente a lo anterior, debe tenerse en cuenta que aún existe una proporción importante de la población mundial que no está vacunada, lo que configura un Sesgo para la aparición de nuevas variantes con mayor contagiosidad e incluso una mayor letalidad, que podría propagarse por todos los países. Se deduce que cuando se afecta el núcleo esencial de un derecho fundamental, éste queda o violado o suspendido. Plan Nacional de Vacunación contra el COVID 19. Tal como la establece el Decreto Supremo, “se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública”. Mediante Decreto Supremo No. decreto de urgencia nº 002-2022 decreto de urgencia que establece medidas extraordinarias destinadas a garantizar la respuesta sanitaria de atenciÓn en los establecimientos de salud en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia por la covid-19 el presidente de la repÚblica considerando: que, mediante decreto supremo n° 008-2020-sa, se En este nuevo documento publicado por el Ejecutivo, sostiene que la modificación del artículo 3 del decreto supremo dado en febrero, que establecía particularmente disposiciones como el mantenimiento de la distancia de un metro por seguridad, así como el uso obligatorio de mascarillas tanto para espacios abiertos como cerrados, sin lugar a apelación, y otras medidas. Son inviolables, porque es inviolable la dignidad humana: En efecto, el núcleo esencial de lo que constituye la humanidad del sujeto de derecho, su racionalidad, es inalterable. https //www ecdc europa eu/en/pubIicalions-data/download-todays- data-oeooranhic-distribution-covid-19-cases-worldwide, 2. La ejecución de las actividades económicas, sociales y del Estado, se desarrollarán de acuerdo con los protocolos de bioseguridad y directrices que expida el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con el comportamiento epidemiológico de la pandemia y el avance en el Plan Nacional de Vacunación, sin perjuicio de las ya señaladas en la Resolución 385 de 2020, sus modificaciones y prórrogas, siendo la Última la Resolución 304 de 25 de febrero de 2022. Sí, para laborar en el transporte público o privado, los conductores o cobradores deben contar con sus tres dosis de la vacuna contra la COVID-19. Vinos: http://www.lolamorawine.com.ar/vinos.html, Regalos Empresariales: http://www.lolamorawine.com.ar/regalos-empresariales.html, Delicatesen: http://www.lolamorawine.com.ar/delicatesen.html, Finca "El Dátil": http://www.lolamorawine.com.ar/finca.html, Historia de "Lola Mora": http://www.lolamorawine.com.ar/historia.html, Galería de Fotos: http://www.lolamorawine.com.ar/seccion-galerias.html, Sitio realizado por estrategics.com (C) 2009, http://www.lolamorawine.com.ar/vinos.html, http://www.lolamorawine.com.ar/regalos-empresariales.html, http://www.lolamorawine.com.ar/delicatesen.html, http://www.lolamorawine.com.ar/finca.html, http://www.lolamorawine.com.ar/historia.html, http://www.lolamorawine.com.ar/seccion-galerias.html. Pasó de todo, desde ciudadanos cumplidos hasta desinformados. (I) 906 personas contagiadas al día 31 de marzo de 2020, (II) 6.507 personas contagiadas al 30 de abril de 2020, (III) 29.383 personas contagiadas al 31 de mayo de 2020, (IV) 97.846 personas contagiadas al 30 de junio de 2020, de las cuales hay 52.279 casos activos, (V) 295.508 personas contagiadas al 31 de julio de 2020, de las cuales hay 130.403 casos activos, (VI) 551.696 personas contagiadas al 24 de agosto de 2020, de las cuales hay 148.807 casos activos y diecisiete mil seiscientos doce (17.612) fallecidos, (VII) 790.823 personas contagiadas al 24 de septiembre de 2020, de las cuales hay 69.282 casos activos y veinticuatro mil novecientos veinticuatro (24.924) fallecidos, (VIII) 1.025.052 personas contagiadas al 26 de octubre de 2020, de las cuales hay 68.310 casos activos y treinta mil trescientos cuarenta y ocho (30.348) fallecidos, (IX) 1.280.487 personas contagiadas al 26 de noviembre de 2020, de las cuales hay 59.778 casos activos y treinta y seis mil diecinueve (36.019) fallecidos, (X) 1.584.903 personas contagiadas al 26 de diciembre de 2020, de las cuales hay 94.682 casos activos y cuarenta y un mil novecientos cuarenta y tres (41.943) fallecidos, (XI) 1.816.082 personas contagiadas al 12 de enero de 2021, de las cuales hay 117.293 casos activos y cuarenta y seis mil setecientos ochenta y dos (46.782) fallecidos, (XII) 2.237.542 personas contagiadas al 24 de febrero de 2021, de las cuales hay 37.361 casos activos y cincuenta y nueve mil doscientos sesenta (59.260) fallecidos (XIII) 2.353.210 personas contagiadas al 24 de marzo de 2021, de las cuales hay 38.307 casos activos y sesenta y dos mil trecientos noventa y cuatro (62.394) fallecidos, (XIV) 2.757.274 personas contagiadas al 24 de abril de 2021, de las cuales hay 103.471 casos activos y setenta mil ochocientos ochenta y seis (70.886) fallecidos, (XV) 3.249.433 personas contagiadas al 24 de mayo de 2021, de las cuales hay 107.430 casos activos y ochenta y cinco mil doscientos siete (85.207) fallecidos, (XVI) 4.060.013 personas contagiadas al 24 de junio de 2021, de las cuales hay 175.412 casos activos y ciento dos mil seiscientos treinta y seis (102.636) fallecidos, (XVII) 4.716.798 personas contagiadas al 24 de julio de 2021, de las cuales hay 107.770 casos activos y ciento dieciocho mil quinientos treinta y ocho (118.538) fallecidos, (XVIII) 4.894.702 personas contagiadas al 24 de agosto de 2021, de las cuales hay 30.715 casos activos y ciento veinticuatro mil trecientos ochenta y ocho (124.388) fallecidos, (XIX) 4.948.513 personas contagiadas al 24 de septiembre de 2021, de las cuales hay 18.267 casos activos y ciento veintiséis mil sesenta y ocho (126.068) fallecidos, (XX) 4.991.050 personas contagiadas al 24 de octubre de 2021, de las cuales hay 12.542 casos activos y ciento veintisiete mil sesenta y siete (127.067) fallecidos, y (XXI) 5.065.373 personas contagiadas al 28 de noviembre de 2021, de las cuales hay 13.913 casos activos y ciento veintiocho mil cuatrocientos treinta y siete (128.437) fallecidos. Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua, Derogado por el Art. Que en consecuencia la Organización Internacional del Trabajo -OIT- en el comunicado del 30 de junio de 2020 reiteró el llamado a los Estados a adoptar medidas urgentes para (i) estimular la economía y el empleo; (ii) apoyar a las empresas, los empleos y los ingresos; (iii) proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo y, (iv) buscar soluciones mediante el diálogo social. 2.1. Con arreglo al caso hipotético de incidencia "media", podría registrarse un aumento de 13 millones de desempleados (7,4 millones en los países de ingresos elevados). Decreto Supremo N.° 016-2022-PCM. Objeto. Cabe destacar que en el intervalo que la norma esté en vigencia quedará restringido el ejercicio de varios derechos amparados por la Constitución Política de 1993, entre estos, la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en el capítulo de la Carta Magna dedicado a los derechos fundamentales de lo que goza la ciudadanía. Que la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, en el comunicado del 23 de septiembre de 2020 sugirió adoptar medidas de respuesta duraderas y eficaces en el plano político a fin de afrontar cinco retos fundamentales. (La negrilla fuera del texto original). 988,51 casos por 100.000 habitantes (Grafica 1). La situación epidemiológica del país evidencia un nuevo ascenso en la curva de contagio a nivel nacional, dado por un incremento acelerado en casos y muertes, observado en algunas de las principales capitales, especialmente en las zonas del centro y sur occidente del país, como Bogotá, Medellín, Ibagué, Manizales, Armenia, Pereira, Cali, Bucaramanga, Pasto, Barranquilla, Cartagena, y Santa Marta, quienes además presentan ocupaciones de UCI altas. La situación epidemiológica del país presentó un nuevo ascenso evidenciado entre los meses de diciembre y enero, no obstante para las últimas semanas validadas se ha observado une reducción progresiva en la curva de casos y muertes, sim embargo, aún se estima una alta proporción de susceptibles por lo cual existe el riego de nuevos ascensos.". Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): • Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): PROTESTAS EN JULIACA EN VIVO: confirman 18 fallecidos tras enfrentamientos, Aquí te detallamos toda la información completa acerca de las restricciones del Gobierno. En esa lÃnea alcanza a los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, asà como las personas que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido, en el Perú o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19. 2.2. En el D.S. (Negrilla en el texto). Esta facultad que permite limitar en general el ámbito de las libertades públicas en su relación con estos términos, generalmente se encuentra en cabeza del Congreso de la República, en donde es pleno, extenso y preciso, obviamente ajustado a la Constitución, y, excepcionalmente, también en los términos de la Carta Política está radicado en autoridades administrativas a las cuales se les asigna un poder de policía subsidiario o residual como en el caso de la competencia de las asambleas departamentales para expedir disposiciones complementarias a las previstas en la ley. En el caso del moderado, el aforo será de 60%. Que en tal medida el precitado Decreto 1109 del 10 de agosto de 2020 estableció como objeto crear, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS-, el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible - PRASS- para el seguimiento de casos y contactos de COVID-19; reglamentar el reconocimiento económico de quiénes deben estar en aislamiento por COVID 19 y establecer las responsabilidades que los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS deben cumplir para la ejecución del PRASS. El presente Decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2022, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de mayo de 2022, y deroga el Decreto 1614 del 30 de noviembre de 2021. Mesa de partes digital y notificación electrónica – FCJP, Biblioteca: Centro de información y referencia, Solicitud en linea para autorización y registro de prácticas preprofesionales, Sistema de registro y supervisión de prácticas preprofesionales, Temis: Repositorio de investigaciones formativas, Mesa de partes digital y notificación electrónica FCJP, Repositorio de eventos y certificados – FCJP – UNAP, Repositorio de eventos y certificados – UNAP, Repositorio de investigaciones formativas, Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria. Cumplimiento de protocolos para el desarrollo de actividades. Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m, Recepción de correspondencia: La exigencia de las tres dosis de vacuna también alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen acudir a los estadios y coliseos. Alternativas de Organización Laboral. (i) Seguridad: garantizar la protección de los derechos y libertades constitucionales y legales de las personas en el territorio nacional. 64 muertes por cada J00.000 habitantes y una letalidad de 2,6%. A título comparativo, la crisis financiera mundial que se produjo en 2008-9 hizo aumentar el desempleo en 22 millones de personas". Esto debe ser fiscalizado por las propias municipalidades, según indicaron fuentes del Ministerio de Salud a este medio de comunicación. Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Que de conformidad con el numeral 4 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, corresponde al presidente de la República, conservar el orden público en todo el territorio nacional. La duplicación de casos está tardando 37 días (la última fue el 29 de agosto) y la duplicación de muertes 64,9 días (la última el 12 de octubre).". Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú establecen que todos tienen derecho a la protección de su salud, del medio familiar y de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizada para facilitar a todos, el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el artículo 44 de la Constitución prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, los artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud de la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. Así mismo, dicho pico ha comenzado a presentar una reducción de su velocidad, especialmente en las regiones que comenzaron más tempranamente como Antioquia, Barranquilla, La Guajira y Santa Marta. Que de acuerdo con la información suministrada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante memorando 202022000077553 del 7 de abril de 2020, el 31 de marzo de 2020 se alcanzó un total de 906 casos de contagio en el país, de los cuales 144 (15.8%) se encontraban en estudio, fecha para la cual se evidenció que en ese seguimiento en más del 10% de los casos, no fue posible establecer la fuente de infección, por lo cual el país, finalizó la etapa de contención e inició la etapa de mitigación de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Es decir deben ser cuatro semanas sostenidas de niveles bajos de casos, por debajo de los 5 mil, que es el nivel más bajo que se dio entre la segunda y tercera ola, y de hospitalizados, que se espera que sean menos de 800 casos, asà lo afirmó el doctor César Munayco, investigador del centro nacional de epidemiologÃa, prevención y control de enfermedades (CDC) del Minsa. La razón de ello estriba en la necesaria limitación de los derechos y las libertades dentro de la convivencia pacífica; si el derecho de una persona fuese absoluto, podría pasar por encima de los derechos de los demás, con lo cual el pluralismo, la coexistencia y la igualdad serían inoperantes. El D.S. Igualmente, los municipios categorizados como No COVID y los de baja afectación deberán continuar con los planes de preparación y adaptación frente al COVID-19.". Te invitamos a conocer más de esta campaña que busca construir una visión igualitaria en el paÃs entre hombres y mujeres. 2019 © UNAP - Todos los derechos reservados. Decreto Supremo que modifica el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves … Además, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerÃas de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerÃas, barberÃas, spa, baños turcos, sauna, baños termales, gimnasios, notarÃas, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, asà como colegios profesionales. Si incumples las medidas, recibirás una sanción monetaria, dependiendo del tipo de falta cometida. (Negrilla fuera de texto original). Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 60%, Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%, Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%, Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%, Bancos y otras entidades financieras: 60%, Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%, Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%, Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%, Eventos empresariales y profesionales: 60%, Spa, baños turcos, sauna, baños termales: 40%, Restaurantes y afines en zonas al aire libre, Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos, Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, Eventos empresariales y profesionales al aire libre. : en principio, debemos conocer su idioma, Cumbre de Líderes de América del Norte: minuto a minuto de la reunión AMLO, Joe Biden y Justin Trudeau, Policía de CDMX se viralizó en redes tras escoltar a Justin Trudeau: “Traigo al de Canadá, dame chance”, Agustín Rossi firmó con Flamengo: los números de la discordia en su contrato y cómo será su estadía en Boca Juniors durante los próximos seis meses, River Plate vs Rayados de Monterrey en vivo, amistoso internacional: hora, TV, formaciones y todo lo que hay que saber, Los talentos que salieron en defensa del “Cata” Domínguez, Así fue el encuentro entre Miguel Herrera y Christian Martinoli en Qatar 2022, El nuevo tatuaje de Rodrigo De Paul en honor al título del mundo con la selección argentina, Cuál es el podcast más sonado hoy en Spotify Argentina, YouTube en Argentina: la lista de los 10 videos más reproducidos que son tendencia hoy, Premios Globo de Oro 2023: la lista completa de nominados y dónde ver la ceremonia, Globos de Oro 2023: todos los nominados, horario y dónde ver, El príncipe Harry y Meghan Markle recibieron orden de evacuación por las inundaciones en California, Cuáles son los 10 mejores platos tradicionales del mundo, según Taste Atlas, TikTok Awards for Business, los nuevos premios a las mejores campañas y anuncios, YouTube pagará a los creadores de Shorts por publicidad, De COVID a microbioma intestinal: cómo las aguas residuales sirven para monitorear el bienestar humano, El iPhone 15 empieza su producción a 9 meses del lanzamiento, Todos Los Derechos Reservados © 2021 Infobae. Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 60%. Roj: ATS 16123/2022 - ECLI:ES:TS:2022:16123A Id Cendoj:28079140012022203680 Órgano:Tribunal Supremo. Publicado el 28 Diciembre 2022. Caso contrario, podrás llevar una prueba molecular con resultado negativo no mayor a 48 horas. No hay libertad sin orden y éste no se comprende sin aquella. El orden público, en primer término, es una garantía de los derechos y libertades comprendidos dentro de él. Que mediante el Decreto 636 del 6 de mayo de 2020 se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 11 de mayo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de mayo de 2020, prorrogado por el Decreto 689 del 22 de mayo de 2020 hasta las doce de la noche (12:00 pm) del 31 de mayo de 2020. Que mediante el Decreto 418 del 18 de marzo 2020 se dictaron medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público, señalando que la dirección del orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, estará en cabeza presidente de la República. De igual manera el tiempo efectivo de reproducción R(t) presenta una tendencia a la reducción progresiva basado en las estimaciones calculadas por el Observatorio Nacional de Salud del INS a corte de 24 de Noviembre de 2020, teniendo un R(t) de 1,03 a 31 de mayo (promedio calculado del 27 de abril hasta 5 días antes de la última fecha de ajuste del modelo), descendiendo al 1,19 a 23 de junio (promedio calculado desde 27 de abril hasta el 30 de junio), luego a 1,15 al 27 de julio (promedio calculado desde el 27 de abril al 31 de julio) 1,03 a corte del 13 de octubre (promedio calculado desde el 27 de abril) y de 1,01 con corte a noviembre 24. Centro Europeo de Diagnóstico y Control de Enfermedades. COVID-19: dan plazo de 15 dÃas a trabajadores presenciales para contar con tercera dosis, Desde el 1 de abril se exigirán tres dosis de la vacuna a mayores de 18 años. Que el Ministerio de Salud y Protección Social, en memorando 202022000110123 del 27 de mayo de 2020, señaló: "De acuerdo con les estimaciones del Instituto Nacional de Salud el promedio de casos diarios confirmados por fecha de reporte, entre el 6 de marzo y el 26 de mayo de 2020 fue de 284. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de partidas de hasta 503.3 millones de soles a favor del Ministerio de Salud (Minsa) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Ahora bien, cabe hacer una distinción con fundamento en la realidad jurídica. Así mismo, cabe resaltar que la situación epidemiológica por causa del COVID 19 ha reportado una mejoría de sus indicadores epidemiológicos, tales como reducción de la positividad, la cual luego de haber alcanzado un pico de 36. En esa línea alcanza a los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como las personas que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido, en el Perú o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19. Toda persona que realice actividad laboral presencial también debe contar con las tres dosis. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA. La tasa de letalidad mundial es de 3.91%. En síntesis, en el ejercicio del poder de policía y a través de la ley y del reglamento superior se delimitan derechos constitucionales de manera general y abstracta y se establecen las reglas legales que permiten su específica y concreta limitación para garantizar los elementos que componen la noción de orden público policivo, mientras que a través de la función de policía se hacen cumplir jurídicamente y a través de actos administrativos concretos, las disposiciones establecidas en las hipótesis legales, en virtud del ejercicio del poder de policía." Que mediante el Decreto 039 de 14 de enero de 2021, se reguló la fase de aislamiento selectivo y distanciamiento individual responsable en la República de Colombia en el marco de la emergencia sanitaria por causa del nuevo Coronavirus COVID-19, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de enero de 2021, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2021. 2.7. Los gobernadores y alcaldes municipales y distritales deberán exigir el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Que en la sentencia C-225 de 2017 la honorable Corte Constitucional define el concepto de orden público, así: "La importancia constitucional de la media ambiente sano, elemento necesario para la convivencia social, tal como expresamente lo reconoció la Ley 1801 de 2016, implica reconocer que el concepto clásico de arden público, entendido como "el conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos", debe completarse con el medio ambiente sano, como soporte del adecuado desenvolvimiento de la vida en sociedad. Que los artículos 44 y 45 superiores consagran que son derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, y el Estado tiene la obligación de asistirlos y protegerlos para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos. Supremo, que debe, por tanto, aceptar la competencia para el enjuiciamiento y fallo del presente recurso. En cuanto a las muertes, presenta un total de 46.782 casos fallecidos, con una tasa de 92,87 muertes por cada 100.000 habitantes y una letalidad de 2,58. Es así como proyectando el Rt que se midió para los primeros días de junio (Rt = 1,20), se estima la tendencia de aumento diario de casos (por fecha de inicio de síntomas) que el pico se alcanzará a mediados de septiembre de 2020 […]". Esto aplica para el servicio delivery y/o taxi. Así mismo, deberán atender has instrucciones que para evitar la propagación del Coronavirus COVID - 19, adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional, cumpliendo las medidas de aislamiento selectivo y propendiendo por el autoaislamiento. Por su parte, existen zonas que luego de su ascenso tienden a la estabilidad en su transmisión como es el caso de Caldas o Cauca. Durante el Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú. … EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. PARÁGRAFO: Se autoriza retirar el uso obligatorio del tapabocas en espacios abiertos o al aire libre para los municipios que alcancen la cobertura de vacunación indicada en la reglamentación que sobre el particular expida el Ministerio de Salud y Protección Social. Que el Ministerio de Salud y Protección Social, en memorando 202022000137233 del 25 de junio de 2020, señaló: "De acuerdo a la información reportada por el Instituto Nacional de Salud, el promedio de casos diarios confirmados por fecha de reporte, en los últimos siete días, entre el19 y el 25 de junio de 2020 es de 2.912. (iii) Ambiente: favorecer la protección de los recursos naturales, el patrimonio ecológico, el goce y la relación sostenible con el ambiente y (iv) Salud Pública: es la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud como un derecho esencial, individual, colectivo y comunitario logrado en función de las condiciones de bienestar y calidad de vida. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de partidas de hasta 503.3 millones de soles a favor del Ministerio de Salud (Minsa) en el Presupuesto del Sector … Con ese valor se estimaba que el pico epidemiológico ocurriría entre la primera y segunda semana de mayo. 202122000150693 del 27 de mayo de 2021, señaló: " Según datos del SIVIGILA con corte al 28 de mayo de 2021, en Colombia el número de contagios por COVID 19 confirmados asciende a 3.3f9.193 casos de los cuales el 3, 6% (120.276) se encuentran activos actualmente, con una tasa de contagio acumulada de 6.589,31 casos por 100. Que la Dirección de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud y Protección Social, en memorando 202122000382843 del 29 de noviembre de 2021, señaló: "Según datos del SIVIGILA con corte al 29 de noviembre de 2021, en Colombia el número de contagios por COVID-19 confirmados asciende a 5.065.373 casos de los cuales el 0,3% (13.913) se encuentran activos actualmente, con una tasa de contagio acumulada de 9. Finalmente, en otras regiones del país debe persistir la observación ya que todavía presentan una curva ascendente de contagios como es el caso de Boyacá en donde se registra un total de 65.121 casos con una tasa de contagio de 5.240,' Cundinamarca con 156.867 casos y una tasa de contagio de 4.837 por 100.000 hab; Santander con un total de 129.161 casos y una lasa de contagio en 5.662; Casanare con 19. Los menores de edad, hasta los cinco años, deberán tener sus dos dosis. Respecto de la positividad de las pruebas de laboratorio que establece cuál es el porcentaje de muestras positivas con respecto al total de muestras procesadas, fue de 7,2% para el 4 de mayo de 2020". Como lo ha señalado esta Corporación en reiterada jurisprudencia, no hay derechos ni libertades absolutos. El Gobierno publicó el Decreto Supremo 030-2022-PCM que dispone la prórroga del estado de emergencia por un plazo de 30 días calendario. Así también, los mayores de 18 años, pero menores de 40, deben tener sus dos dosis. En este sentido, el Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM establece que esta medida entra en vigencia a partir del domingo 1 de mayo de 2022, cuya validez se extenderá hasta el 31 del mismo mes. Toda persona que realice actividad laboral presencial también debe contar con las tres dosis. Respecto a la presentación de la cartilla de vacunación con tres dosis aplica para todas las personas mayores de 18 años. El Gobierno publicó el Decreto Supremo 030-2022-PCM que dispone la prórroga del estado de emergencia por un plazo de 30 días calendario. En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la aplicación de las 3 dosis de vacunación contra la COVID-19, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto. Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales. Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia. Que mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, modificado y prorrogado por los Decretos 847 del 14 de junio de 2020 y 878 del 25 de junio de 2020, respectivamente, se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2020, hasta las doce de la noche (12:00 pm) del 15 de julio de 2020. La letalidad, que establece el porcentaje de personas que han fallecido con respecto a los casos identificados como positivos, en Colombia a 6 de julio es de 3.5%. Notificaciones judiciales: (…) incentivo fiscal en los países emergentes o en desarrollo, lo que requiere fomentar la solidaridad internacional y aumentar la eficacia de las medidas de incentivo fiscal que se adopten. Las ciudades intermedias y pequeñas pueden encontrarse en fases más tempranas. La institución dio a conocer todos los pormenores sobre lo que será la presentación oficial del plantel que disputará la Liga 1 de Perú. ARTÍCULO 7. También pasajeros de transporte urbano. A tenor de varios casos hipotéticos sobre los efectos del Covid-19 en el aumento del PIB a escala mundial […], en varias estimaciones preliminares de la OIT se señala un aumento del desempleo mundial que oscila entre 5,3 millones (caso "más favorable") y 24,7 millones de personas (caso "más desfavorable "), con respecto a un valor de referencia de 188 millones de desempleados en 2019. El Ministerio de Salud y Protección Social adoptará el protocolo de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas. Pero, como Io ha sostenido la Corte, toda restricción de dicho derecho debe estar acorde con los criterios de necesidad, racionalidad, proporcionalidad y finalidad; no son admisibles, por lo tanto, las limitaciones que imponga el legislador arbitrariamente, esto es, sin que tengan la debida justificación, a la luz de los principios, valores, derechos y deberes constitucionales". ¿Cómo podría un sujeto finito y limitado dominar jurídicamente un objeto absoluto? Que mediante la Ley 2069 del 31 de diciembre de 2020 "Por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia", en el artículo 17, se habilitó el trabajo remoto más allá del teletrabajo, con el fin de garantizar la generación de empleo en el país, y la consolidación y crecimiento de las empresas, teniendo en cuenta las nuevas circunstancias mundiales. Que mediante el Decreto Legislativo 539 del 13 de abril de 2020 se estableció que durante el término de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, el Ministerio de Salud y Protección Social será la entidad encargada de determinar y expedir los protocolos que sobre bioseguridad se requieran para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, para mitigar, controlar, evitar la propagación y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Que la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-045 de 1996, al pronunciarse sobre el orden público, manifestó: "5.1 Los derechos fundamentales no son absolutos. Imparte instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID 19, y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura. Que en el precitado Decreto 418 del 18 de marzo de 2020 se estableció que en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, se aplicarán de manera inmediata y preferente sobre las disposiciones de gobernadores y alcaldes las instrucciones, actos, y órdenes del presidente de la República. Sin embargo, si eres mayor de 40 años requerirás de las tres dosis. Para la Corte es claro que el orden público no sólo consiste en el mantenimiento de la tranquilidad, sino que, por sobre todo, consiste en la armonía de los derechos, deberes, libertades y poderes dentro del Estado. 16 de enero de 2022 Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias … En otro acápite del decreto supremo, se señala que quienes no pagaron las multas que se les impuso por trasgredir normas sanitarias durante el estado de emergencia, “están impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado”. El Decreto Supremo es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, el ministro del Interior, el ministro de Defensa y el ministro de Justicia y Derechos Humanos. Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el artÃculo precedente y en la circunscripción señalada, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artÃculo 2 de la Constitución PolÃtica del Perú. Que el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012 señala que los alcaldes ejercerán las funciones que les asigna la Constitución, la ley, las ordenanzas, los acuerdos y las que le fueren delegadas por el presidente de la República o gobernador respectivo, y en relación con el orden público, (i) conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones del presidente de la República y del respectivo gobernador. La tasa de letalidad global es de 5.7%. En esta fase de aislamiento selectivo, al igual que en otras partes del mundo, la pandemia plantea un reto persistente para las capacidades epidemiológicas del país, y el impacto de posibles nuevos ascensos de la curva dependerá fundamentalmente de: 1) La proporción de personas que fueron expuestas a la infección (que sólo podrá ser mejor estimada con los estudios de seroprevalencia en curso), 2) La adherencia a las medidas de distanciamiento físico y protección personal, y 3) La implementación exitosa del programa PRASS, dado que el rastreo y aislamiento de contactos permitirá reducir la velocidad de transmisión y la mortalidad.". La verificación del carné fÃsico o virtual que acredite el cumplimiento de la aplicación de la vacunación contra la COVID-19, en el Perú o el extranjero, debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil veintidós. Se empieza con pocos casos y, en la medida que pasa el tiempo, se presentan cada vez más casos nuevos hasta llegar un punto máximo (el pico epidemiológico) en el que la proporción de personas susceptibles he disminuido considerablemente, por lo que el número de casos nuevos empieza a disminuir hasta llegar potencialmente a cero.
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