b) De perfeccionamiento, promoción, actualización y readaptación profesional, así como la promoción y extensión cultural a distintos niveles. El éxito de una reforma como la que ahora se acomete solamente será posible con una mentalidad nueva e ilusionada en los que han de dirigirla y aplicarla. Dos. c) Los proyectos de Convenios internacionales de carácter cultural en los casos en que deba intervenir el Ministerio de Educación y Ciencia. Asimismo, en los nuevos Centros docentes se hará posible el que a ellos puedan llevarse con mayor facilidad nuevas iniciativas, sin el obstáculo de una falsa tradición o de los llamados derechos o intereses adquiridos. Uno. con el art. Tres. Uno. Cuando se trate de Colegios adscritos, mediará propuesta de la Entidad colaboradora. Los métodos didácticos en la Educación General Básica habrán de fomentar la originalidad y creatividad de los escolares, así como el desarrollo de aptitudes y hábitos de cooperación, mediante el trabajo en equipo de Profesores y alumnos. 115.2, por Real Decreto 2709/1982, de 15 de octubre (Ref. Para ejercer sus funciones en las Facultades universitarias y Escuelas Técnicas Superiores, los Decanos y Directores estarán asistidos por una Junta o por Comisiones o por ambos tipos de órganos, con arreglo a lo que el Estatuto de cada universidad establezca. Se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia para sustituir en el más breve plazo posible las pruebas de grado de Bachillerato elemental, y a medida que se vaya implantando el Bachillerato unificado y polivalente y el Curso de Orientación Universitaria, las pruebas de grado del Bachillerato superior y la prueba de madurez, para la obtención de los títulos de Bachiller elemental o superior, respectivamente. Uno. Cabría afirmar que en ella forzosamente debe ser menor la dosis de jurisdicidad en sentido estricto. Las infracciones serán perseguidas en la forma legalmente establecida. La reforma está inspirada en el análisis de nuestra propia realidad educativa y contrastada con experiencias de otros países. Mediante acuerdo entre la Universidad y otras Instituciones públicas o privadas, podrán establecerse Institutos de investigación adscritos a la Universidad. Por Decreto, podrán hacerse adaptaciones en las plantillas de los Cuerpos docentes, siempre que las mismas no rebasen los límites establecidos en el Presupuesto. Related Papers. En los Centros no estatales concertados, a los que alude el artículo noventa y seis, en los niveles educativos no gratuitos los precios serán fijados en el concierto que se suscriba en función de los costes reales por puesto escolar y de las ayudas concedidas por el Estado y demás Entidades públicas y privadas, así como de las exenciones y modificaciones fiscales. Se establecerá un sistema de estímulos para el perfeccionamiento de la docencia, así como para facilitar el acceso a puestos de alta responsabilidad en la orientación y dirección de la enseñanza de cuantos sean acreedores a ello. La Junta Nacional de Universidades será oída preceptivamente en las siguientes cuestiones: a) Planificación de la educación universitaria. Las Facultades y Escuelas Técnicas Superiores podrán ser: a) Orgánicas, que son aquellas a las que compete, además de las funciones ordenadoras, la administración de los Departamentos en ellas integrados. e) Cuerpo de Profesores Agregados de Escuelas Universitarias. Las Universidades gozarán de los beneficios que la legislación atribuya a las Fundaciones benéfico-docentes. Tres. Tendrán acceso a la enseñanza universitaria quienes hayan superado el curso de orientación. En la Educación General Básica, la formación se orientará a la adquisición, desarrollo y utilización funcional de los hábitos y de las técnicas instrumentales de aprendizaje, al ejercicio de las capacidades de imaginación, observación y reflexión, a la adquisición de nociones y hábitos religioso-morales, al desarrollo de aptitudes para la convivencia y para vigorizar el sentido de pertenencia a la comunidad local, nacional e internacional, a la iniciación en la apreciación y expresión estética y artística y al desarrollo del sentido cívico-social y de la capacidad físico-deportiva. Se establecerá reglamentariamente el régimen de incompatibilidades en la docencia estatal y no estatal. organización trata de lograr pero es difícil comparar los textos escritos por el. Los Centros de enseñanza no estatal que vengan impartiendo enseñanzas de las que quedan comprendidas en el título I de esta Ley, se clasificarán, conforme a lo dispuesto en ella, dentro del plazo que se les señale en las disposiciones dictadas para su aplicación, que no podrá ser inferior a tres meses. b) Los Profesores de Bachillerato, de las Escuelas Universitarias y de Formación Profesional, la obtendrán después de la titulación científica respectiva, mediante cursos intensivos dados en los Institutos de Ciencias de la Educación. Los padres, y en su caso los tutores o guardadores legales, tienen derecho a elegir para los menores e incapacitados los Centros docentes entre los legalmente establecidos y a ser informados periódicamente sobre los aspectos esenciales del procedo educativo. Las Empresas privadas que sostengan a su costa, individual o mancomunadamente, en Escuelas propias o en otros Centros docentes, la Formación Profesional metódica y gratuita de su personal, o de otra manera contribuyan a su capacitación, especialización o perfeccionamiento técnico, en forma aprobada por el Ministerio de Educación y Ciencia, se podrán beneficiar, durante el período de tiempo que en cada caso se determine, de reducciones que llegarán hasta el setenta y cinco por ciento, si se trata de Escuelas exclusivamente propias, y hasta el treinta por ciento en los otros casos, de la cuota total que en tal concepto les corresponda sufragar. En los casos en que no fuera posible la integración, los funcionarios quedarán en situación a extinguir, conservando sus derechos, incluso los económicos y de residencia y prestarán servicios docente o análogos a su actual función en los Centros que el Ministerio de Educación y Ciencia determine. Cuatro. Tres. Las enseñanzas y actividades técnico-profesionales en el Bachillerato estarán a cargo de Profesores de Formación Profesional, Profesores de Enseñanzas especializadas o personal contratado al efecto. Los Inspectores deberán participar obligatoriamente en los cursos especiales de perfeccionamiento profesional de los Institutos de Ciencias de la Educación cada tres años como mínimo. Corresponderá al Gerente, bajo la inmediata dependencia del Rector, la gestión económico-administrativa de la Universidad, la jefatura de todo el personal no docente de la misma, la ejecución de los acuerdos del Patronato en materia administrativa o económica y cuantas otras le sean atribuídas en los respectivos Estatutos. Uno. b) Son Centros no estatales los pertenecientes a la Iglesia o a otras Instituciones o personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. El acceso al Cuerpo de Catedráticos Numerarios de Universidad podrá realizarse de modo excepcional, por nombramiento directo, mediante Decreto del Gobierno, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, oída la Junta Nacional de Universidades, en aquellos casos de titulares, de grados académicos superiores que hayan alcanzado notorio prestigio en el orden científico. c) Asesorar a los Profesores de Centros estatales y no estatales sobre los métodos más idóneos para la eficacia de las enseñanzas que impartan. Queda autorizado el Ministerio de Educación y Ciencia para aclarar e interpretar la presente Ley y para dictar en la esfera de su competencia o proponer en otro caso al Gobierno cuantas disposiciones complementarias sean precisas para su mejor aplicación. Este tipo de procesos son clave a la hora de alcanzar objetivos de negocio y lograr la cotas de productividad deseadas. El profesorado del Estado se regirá por lo dispuesto en esta Ley y en las normas dictadas en desarrollo de la misma. Se sancionará a quienes incumplan o dificulten el cumplimiento del deber de educación obligatoria. A la misma se accederá tras haber completado los estudios de los correspondientes niveles y ciclos educativos: a) Deberán acceder a los estudios y prácticas de la Formación Profesional de primer grado quienes hayan completado los estudios de la Educación General Básica y no prosigan estudios de Bachillerato. Sin perjuicio de que los locales y equipos de docencia e investigación figuren adscritos a un Centro determinado, el Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con los Organismos competentes de la Universidad, dictará las normas precisas para su aprovechamiento cuando así lo aconseje su racional y total utilización. Uno. Dependiente igualmente del Ministro de Educación y Ciencia existirá una Inspección General de Servicios, que ejercerá su misión inspectora sobre la organización y funcionamiento administrativo de todos los Servicios, Organismos y Centros dependientes del Departamento, especialmente en lo que se refiere a personal, procedimiento, régimen económico, instalaciones y dotaciones. A continuación te explicamos los tipos de evaluación que existen y en qué se … Un cuadro no se piensa ni se establece de antemano. Dada en el Pazo de Meirás a cuatro de agosto de mil novecientos setenta. 31 a 35, por Orden de 30 de septiembre de 1970 (Ref. Uno. Dos. Se dará prioridad a la evaluación realizada a lo largo del curso, de manera que las pruebas finales tengan sólo carácter supletorio. e) Colaborar con los Institutos de Ciencias de la Educación en la organización de cursos y actividades para el perfeccionamiento y actividad del personal docente. Dos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto, c), de la presente Ley, el Gobierno, a propuesta de las Universidades, podrá establecer nuevas Facultades o Escuelas Técnicas Superiores. Dos. Dos. La representación corporativa de los mismos en los órganos de gobierno de los Centros docentes, que se regulará reglamentariamente. Dos. De una manera especial, asegurará la coordinación y el trabajo en equipo de los Profesores que requiera la actividad formativa unitaria y equilibrada de los alumnos. En su virtud y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar: Son fines de la educación en todos sus niveles y modalidades: Uno. Dos. Los presupuestos de los diez años siguientes darán carácter prioritario a los gastos corrientes del Ministerio de Educación y Ciencia, señalándose como cifras indicativas las siguientes: Uno. Asesorará, en pleno o por Comisiones, a las autoridades de gobierno de la Universidad en cuantas cuestiones de índole académica le fueren sometidas por el Rector. Dos. Excepcionalmente, el Ministro de Educación y Ciencia podrá nombrar Inspectores extraordinarios a Profesores de relevantes méritos docentes. Seis. Cuatro. La educación cursada en Facultades y Escuelas Técnicas Superiores abarcará tres ciclos de Enseñanza, en la forma que, salvo excepciones, se señala a continuación: a) Un primer ciclo dedicado al estudio de disciplinas básicas, con una duración de tres años. El funcionamiento jurídico que la Ley presenta estará supeditado en todo momento a los imperativos de la técnica pedagógica, y por eso los márgenes y elasticidades que en ella se contienen no deben verse como deficiencias de lo que debe ser una norma sino, por el contrario, como requisitos positivos y esperanzadores para que pueda regularse una materia tan delicada como es la educación. b) La capacidad docente, que será objeto de un juicio diferenciado por los Directores de los Departamentos y Decanos de las Facultades o Directores de las Escuelas Técnicas Superiores, en que hayan prestado sus servicios. Dentro de estos límites, el Gobierno fijará su importe, que podrá ser diversificado de acuerdo con criterios que ponderen el rendimiento de los alumnos y su situación económica. por fecha, Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Uno. Tres. Las Universidades, constituídas fundamentalmente por la agrupación de Escuelas Técnicas Superiores, incorporarán además, entre otros, los Institutos, Colegios y Escuelas Universitarias de carácter técnico. b) Cursillos y seminarios breves a cargo de especialistas y profesionales de las distintas disciplinas para exponer el panorama de las ciencias y profesiones. Las Empresas exigirán a sus trabajadores, al admitirles, la posesión de alguno de los grados de Formación Profesional en las condiciones que reglamentariamente se determinen y permitirán a su personal en servicio acudir a los cursos de perfeccionamiento, habilitación y actualización que organicen los Centros docentes. Los Profesores ayudantes estarán vinculados con la Universidad mediante un contrato de dos años, renovable por una sola vez, por un período de igual duración. Tres. Se organizarán actividades en las que el alumno aprecie el valor y la dignidad del trabajo y vea facilitada su orientación vocacional. Los Directores de Colegios universitarios y Escuelas universitarias estarán asistidos por Juntas o Comisiones, de acuerdo con lo que disponga el respectivo Estatuto. Esta Ley viene precedida como pocas del clamoroso deseo popular de dotar a nuestro país de un sistema educativo más justo, más eficaz, más acorde con las aspiraciones y con el ritmo dinámico y creador de la España actual. En tanto no queden adscritos a una plaza en la forma señalada anteriormente, quedarán en expectativa de destino, pudiendo el Ministerio de Educación y Ciencia adscribirlos provisionalmente a servicios docentes universitarios o de investigación. Asistirá corporativamente a las solemnidades tradicionales de la vida universitaria y demás actos de naturaleza análoga que, a juicio del Rector, merecieran la presencia corporativa de la Universidad. En el Cuerpo de Profesores Adjuntos de Universidad que se crea en la presente Ley se integrarán, mediante concurso restringido, quienes posean el título de Doctor, hubieran obtenido el nombramiento de Profesores adjuntos, o Profesores encargados de Laboratorio mediante concurso-oposición y hubieran prestado servicios continuados durante cinco años académicos completos, como mínimo o se encontrasen prestándolos en la actualidad con una antigüedad mínima de tres años. Pero España, que ha sido capaz en los últimos treinta años de aportar un caudal ingente de energías y de medios para el financiamiento de las grandes obras en las que se basa nuestro progreso material actual, ha de contribuir con el mismo decidido interés y generosidad a la más noble y productiva de las inversiones: a la que está orientada hacia el beneficio de cada hombre, de su elevación espiritual y bienestar material. Cuatro. por contenido Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo. Tal flexibilidad no impide, sin embargo, la dirección por el Estado de toda la actividad educativa, pues es responsabilidad del mismo, y así se destaca en esta Ley la función esencial de formular la política en este sector, planificar la educación y evaluar la enseñanza en todos sus niveles y Centros. d) Profesores de Centros de Formación Profesional de primero y segundo grados. En los dos años académicos siguientes a la publicación de esta Ley, todos aquellos que no estén en posesión del Certificado de Estudios Primarios, teniendo cumplidos catorce años en esa fecha, podrán obtener el título de Graduado Escolar, realizando las pruebas que reglamentariamente se establezcan. Continue Reading. Por ello se publicó en febrero de mil novecientos sesenta y nueve el estudio «La educación en España: bases para una política educativa» («Libro Blanco»). En cada ejercicio las Universidades habrán de formular una Memoria de sus actividades resultados, así como los balances y cuentas. Uno de los Vicedecanos o Subdirectores sustituirá al Decano o Director en caso de ausencia, enfermedad o vacante. Cinco. con la excepción indicada , excepto los arts. X-Rite offers spectrophotometers, densitometers, colorimeters, and software. Al frente de cada Colegio Mayor habrá un Director, autoridad delegada del Rector en el mismo. WebUna evaluación del desempeño eficaz garantiza que tus empleados puedan hacer lo mismo. Su posterior adscripción a un aplaza concreta por el Ministerio de Educación y Ciencia se hará previa selección por las respectivas Universidades, en función de los méritos de los solicitantes y de acuerdo con las normas reglamentarias que a tal efecto se dicten y de las establecidas en los Estatutos de aquéllas. Participar en los cursos y actividades de perfeccionamiento que organicen para ellos los servicios competentes. La reforma educativa es una revolución pacífica y silenciosa, pero la más eficaz y profunda para conseguir una sociedad más justa y una vida cada vez más humana». Los medios no faltarán si la voluntad existe. Dos. Formular reclamaciones fundadas, ante las autoridades docentes respectivas, en los casos de abandono o defectuoso cumplimiento de las funciones educativas. sobre Reforma Educativa: Orden de 16 de noviembre de 1970 (Ref. El Gobierno fijará los coeficientes correspondientes a estos Cuerpos en la forma legalmente establecida y presentará a las Cortes, para su aprobación, las plantillas de los mismos. c) Profesores de Centros de Educación universitaria, título de Doctor, con la excepción indicada en el apartado anterior y la de los Profesores ayudantes. La creación de nuevos Centros se hará en relación con la demanda de población escolar. Dos. b) Proponer al Gobierno la creación y supresión de Centros estatales de enseñanza y los anteproyectos de la Ley de creación, autorización para crear y suprimir Universidades, Facultades universitarias y Escuelas Técnicas Superiores, de acuerdo con el apartado c) del artículo cuarto de esta Ley. Los Directores de Departamento serán nombrados por los Rectores de entre los Catedráticos numerarios en la forma y por el tiempo que determine el Estatuto de la respectiva Universidad. Uno. b) A constituir Asociaciones que tengan por finalidad el mejoramiento de la enseñanza y el perfeccionamiento profesional, con arreglo a las normas vigentes. Transcurridas las cuatro convocatorias correspondientes, los alumnos que no hubieran superado las pruebas y deseen continuar estudios deberán seguirlos por los nuevos planes, mediante la adaptación que el Ministerio determine. Cada Universidad contará con un Gerente, tal y como se determina en el artículo setenta y nueve. El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Educación y Ciencia, y previo informe de la Junta coordinadora de Formación Profesional, determinará, en el Decreto que aprueba los planes de estudio, los títulos correspondientes a los diversos grados y especializaciones de Formación Profesional, así como los efectos de éstos. Uno. Download Free PDF View PDF. Cinco. El Director, que asumirá la responsabilidad directa de la actividad y funcionamiento del Colegio Mayor, será nombrado por el Rector, a propuesta, en su caso, de la Entidad colaboradora, oídos preceptivamente la Junta de Gobierno y el Patronato de la Universidad. Cuatro. Administracion de Operaciones - libro . Otro de los tipos de evaluación de desempeño favoritos es el que está basado en la competencia. d) El producto de la venta de bienes propios y las compensaciones originadas por enajenación de activos fijos. Por otra parte, la conservación y el enriquecimiento de la cultura nacional, el progreso científico y técnico, la necesidad de capacitar al individuo para afrontar con eficacia las nuevas situaciones que le deparará el ritmo acelerado del mundo contemporáneo y la urgencia de contribuir a la edificación de una sociedad más justa constituyen algunas de las arduas exigencias cuya realización se confía a la educación. Uno. Tres. La Universidad podrá contratar por tiempo limitado Profesores españoles o extranjeros en consideración a su prestigio y reconocidos méritos y demás circunstancias que en ellos concurran, para atender a campos de especialización restringida. SE SUSPENDE la vigencia durante el plazo mencionado, del art. La creación de Instituciones sociales que permitan la realización de prácticas de cooperación y mutualismo, tales como las Mutualidades y Cotos escolares. Cinco. Cinco. Las Entidades públicas y privadas y los particulares pueden promover y sostener Centros docentes que se ajustarán a lo establecido en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen. or. El Director deberá dirigir, orientar y ordenar todas las actividades del Centro. 68 y 146 y lo indicado, por Real Decreto 552/1985, de 2 de abril (Ref. b) Materias optativas, de entre las cuales todos los alumnos habrán de elegir un número determinado, de acuerdo con sus peculiares aptitudes y bajo la tutela del profesorado. Cuatro. Los métodos de enseñanza serán predominantemente activos, matizados de acuerdo con el sexo, y tenderán a la educación personalizada. La acción docente en el Bachillerato deberá concebirse como una dirección del aprendizaje del alumno y no como una enseñanza centrada exclusivamente en la explicación de la materia. La educación seguida en las Escuelas universitarias constará de un solo ciclo, con una duración de tres años, salvo excepciones. WebEn los años 1970, de la mano de John Henry Holland, surgió una de las líneas más prometedoras de la inteligencia artificial, la de los algoritmos genéticos, (AG). comportamiento del empleado, permite flexibilidad para analizar lo que la. SE DICTA DE CONFORMIDAD,Sobre Reconocimiento y Convalidación de los estudios de formación profesional Realizados en el Extranjero por los Emigrantes Españoles: Real Decreto 1260/1980, de 23 de mayo (Ref. WebMétodos tradicionales de evaluación del desempeño INVESTIGACIÓN DE CAMPO INTEGRANTES CASTILLO MARTINEZ ANGEL DANIEL CERVANTES DOMINGUES ALEJANDRO MARTINEZ MARTINEZ DIANA AYARI RAMIREZ BARAHONA BEQUER SANTOS SANCHEZ CARLOS ANTONIO INVESTIGACIÓN DE CAMPO Investigación … Los Directores de los Institutos universitarios serán nombrados por el Ministro de Educación y Ciencia de entre Catedráticos numerarios, a propuesta del Rector de la Universidad y con arreglo a lo previsto en el respectivo Estatuto. Cuatro. Tendrán también acceso a la educación universitaria en cualquiera de sus formas los mayores de veinticinco años que no habiendo cursado los estudios de Bachillerato superen las pruebas que reglamentariamente se establezcan a estos efectos a propuesta de las Universidades. Los Patronatos universitarios estarán compuestos por un número de miembros no superior a veinte, nombrados de acuerdo con los Estatutos por el Ministro de Educación y ciencia de entre personalidades representativas, a propuesta de las Corporaciones locales del Distrito universitario; de los Colegios profesionales; de los Procuradores en Cortes de representación familiar; de la Organización Sindical; del Profesorado de los Centros docentes; de las Asociaciones de Padres de Alumnos, de Alumnos y de ex Alumnos; de Entidades públicas y personas privadas propuestas por el propio Patronato y la Junta de Gobierno de la Universidad.